La Declaración Dignitas Infinita “sobre la dignidad humana”, emitida por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, firmada por el cardenal Víctor Manuel Fernández el 2 de abril de 2024 y aprobada por el Santo Padre ex audientia (es decir, sin firma explícita), se presenta como un documento de examen de la dignidad humana.
Este documento se enmarcaría en el llamado magisterio auténtico del papa Francisco, es decir, constituye una enseñanza que, aunque no compromete la infalibilidad con un acto definitivo, exige, sin embargo, según el Código de Derecho Canónico, “una religiosa sumisión del entendimiento y de la voluntad” (CIC 752). Esto deja un cierto grado de libertad para el debate y el análisis teológico.
Examinemos, pues, los puntos de este documento que merecen un análisis crítico riguroso a la luz de la doctrina católica, particularmente en lo que respecta al riesgo de ambigüedad y de alejamiento de la Tradición magisterial de la Iglesia.
Uno de los problemas principales es que el documento no define el término “dignidad” en sí mismo.
A pesar de que el tema central es la dignidad humana, el documento propone la existencia de cuatro tipos específicos de dignidad —ontológica, social, moral y existencial— sin aclarar suficientemente (1) qué significa “dignidad” y (2) en qué consisten esas cuatro formas de dignidad.
Entre ellas, el documento afirma que sólo la “dignidad ontológica” humana es infinita. Esta afirmación resuena alarmantemente con la idea masónica de que el hombre posee un valor intrínseco ilimitado, creencia que aspira a elevar al hombre al nivel de Dios.
En cambio, Santo Tomás de Aquino ofrece una definición clara y coherente con la fe: la dignitas es «la bondad intrínseca del ser» ( In Sent . III, d. 35, q. 1, a. 4, q. 1, c.). Si la dignidad humana fuera infinita, entonces los derechos humanos también serían, lógicamente, infinitos.
Esta afirmación es peligrosa porque, en esencia, atribuye al hombre un atributo exclusivo de lo divino: la infinitud ( S.Th. I, q.7, a.1). Sin embargo, según la doctrina católica, el hombre es una criatura que, aunque creada a imagen y semejanza de Dios, sigue siendo finita y, lamentablemente, marcada por el pecado original.
Al declarar la infinitud de la dignidad humana, el documento parece negar implícitamente el dogma del pecado original, sugiriendo que el hombre conserva una bondad perfecta e ilimitada, una noción incompatible con la antropología cristiana.
La Declaración sugiere que la dignidad humana, al ser infinita, sirve de base para evitar la violencia hacia los demás. Tal afirmación implica que la dignidad humana es inmutable y no está sujeta a degradación. Sin embargo, esto es falso. La Tradición católica enseña que el pecado mortal degrada la dignidad del individuo.
El hombre puede aspirar a la unión con Dios por la gracia, pero su dignidad no se hace infinita en sí misma sino en virtud de Jesucristo. Por eso, referirse a una dignidad “infinita” del hombre representa un grave error teológico y puede abrir la puerta a tendencias antropocéntricas, que engañan al hombre al pensar que posee una especie de autonomía absoluta, contraria al reconocimiento de su dependencia de Dios. Como nos recuerda la Liturgia, somos salvados “por Cristo, con Cristo y en Cristo”. ¡No hay otro camino!
Santo Tomás de Aquino, en De rationibus fidei , aclara aún más:
Ningún hombre tiene una dignidad infinita , capaz de satisfacer adecuadamente una ofensa contra Dios».
El pecado original ha comprometido severamente la bondad del hombre, introduciendo una herida en su naturaleza que requiere la Redención. Si el hombre poseyera una dignidad infinita, sería capaz de expiar por sí mismo la culpa infinita del pecado. En cambio, la doctrina católica enseña que sólo Dios, al asumir la naturaleza humana en Cristo, fue capaz de redimir a la humanidad.
Por tanto, la reivindicación de una dignidad infinita socava, en sus últimas implicaciones, la necesidad lógica y teológica de la Encarnación y de la Redención realizada por Cristo. Aquí se pone en tela de juicio toda la estructura teológica del pecado y de la salvación. La verdadera pregunta es, entonces, la siguiente: ¿creen los autores de este documento en el pecado original y en la necesidad de un Redentor?
Otra consecuencia altamente perjudicial para la teología católica es la negación del infierno. Si, de hecho, cada persona posee una dignidad infinita y puede reivindicar derechos infinitos, incluso ante Dios (subrayamos: la dignidad es la fuente de los derechos), entonces cada persona podría expiar su propia culpa y salvarse sin necesidad del Mediador Divino.
Además, la Declaración sugiere que la dignidad humana, al ser infinita, sirve de base para evitar la violencia hacia los demás. Tal afirmación implica que la dignidad humana es inmutable y no está sujeta a degradación. Sin embargo, esto es falso. La Tradición católica enseña que el pecado mortal degrada la dignidad del individuo. Una dignidad infinita, por otra parte, haría al hombre inmune a todo condicionamiento o disminución. Tal noción elimina toda justificación teológica e incluso filosófica para las sanciones sociales y civiles, incluida la pena de muerte, que, aunque permitida sólo en casos muy precisos y excepcionales, siempre ha sido reconocida como legítima en la doctrina tradicional.
La cita de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas como «eco autorizado» de la dignidad humana plantea importantes preocupaciones. La Iglesia, como única portadora de la Verdad divina, no puede ni debe buscar la validación de una organización mundial que representa una visión secular y relativista de la dignidad y los derechos.
Al subrayar la «infinita dignidad» del hombre, el documento parece también promover una visión de la naturaleza humana que corre el riesgo de ser neopelagiana, poniendo una confianza excesiva en las capacidades naturales del hombre sin la necesaria ayuda de la gracia divina. Esta visión fue condenada desde hace siglos por el Concilio de Orange (529 d.C.), que reafirmó la necesidad de la gracia para la salvación y para toda buena acción realizada por el hombre. La doctrina católica afirma que el hombre, herido por el pecado original, necesita la gracia para elevarse hacia Dios (Catecismo de la Iglesia Católica, § 2001).
Por último, la cita de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas como «eco autorizado» de la dignidad humana plantea importantes preocupaciones.
La ONU, de hecho, promueve una idea de los derechos humanos que a menudo entra en conflicto con los principios cristianos, como lo demuestran sus posiciones sobre el aborto y la sexualidad. Lo que debería ser una proclamación doctrinal de la Iglesia, paradójicamente, termina buscando legitimidad en una fuente externa.
La Declaración Dignitas infinita corre el riesgo de alejar a la Iglesia de su auténtico mensaje evangélico y de alinearla con principios ajenos a la doctrina cristiana. En lugar de apoyarse en la autoridad del Magisterio y de la Escritura, el documento parece adoptar visiones antropológicas cercanas al modernismo y a la masonería, que ven al hombre como la medida de todas las cosas. Según la perspectiva católica, el hombre es una criatura noble pero finita, marcada por el pecado y necesitada de redención. Su dignidad no es infinita, sino que depende enteramente de su relación con el Creador, y se realiza plenamente sólo en la gracia divina.
En lugar de convertirse en un “eco autorizado” de los principios mundanos, la Iglesia debe recordar al mundo que la única dignidad infinita pertenece a Dios y que sólo a través de Cristo y la vida sacramental en la Iglesia Católica el hombre puede ser elevado, purificado y salvado. Sólo de esta manera la Iglesia puede seguir siendo un faro de verdad y un guardián de la dignidad humana según el designio de Dios.
Por GAETANO MASCIULLO.
Gaetano Masciullo es filósofo y escritor católico, colaborador de Fede & Cultura, la editorial católica tradicional más importante de Italia. Colabora regularmente con plataformas católicas en Italia y centra su trabajo en el análisis de temas teológicos y filosóficos a la luz de la tradición católica.
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