Tribunal Europeo dice que pesquisas de la Justicia italiana sobre ligas de la Masonería con la Mafia afectaron el derecho a la privacidad

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El pasado 7 de enero, y luego de un prolongado proceso, la Corte del TEDH-Tribunal Europeo de Derechos Humanos- concluyó que una de las acciones emprendida por las autoridades italianas sobre los vínculos entre la Masonería y la Mafia, no cumplió con los principios de legalidad y proporcionalidad, y por ende, constituyó una violación del Artículo 8 del Convenio.

Se refiere concretamente a la incautación de datos sobre la membresía masónica, que el Congreso italiano ordenó para detectar a integrantes de la Mafia dentro de las filas masónicas.

La investigación parlamentaria surgió en el marco de la lucha contra la mafia, en particular la ‘Ndrangheta y Cosa Nostra, cuyas conexiones con redes masónicas han sido documentadas en diversas ocasiones. La comisión de investigación ordenó en su momento una inspección en las logias masónicas de Sicilia y Calabria, regiones donde la mafia mantiene un fuerte control social y económico. En la operación se hallaron documentos que revelaban la identidad de más de 6.000 miembros de la organización.

El caso se remonta a la búsqueda ordenada por una comisión parlamentaria de investigación italiana sobre la relación entre la Mafia y la masonería.

La comisión parlamentaria solicitó una lista de miembros de la masonería, que esta se negó a proporcionar alegando «confidencialidad» y «protección de datos». Como consecuencia de tal negativa, entonces el Poder Legislativo italiano ordenó en 2017 una búsqueda en las instalaciones del Gran Oriente de Italia, lo que resultó en la incautación y confiscación de documentos físicos y digitales con datos personales de más de 6.000 miembros de la Masonería.

La orden de búsqueda y confiscación cubrió un período de 27 años

Ahora, como reseña Infocatólica, el Tribuna Europeo de Derechos Humanois (TEDH) dio prioridad a la protección de la vida privada de los francmasones sobre la lucha contra las infiltraciones mafiosas en los círculos de poder e influencia.

La resolución, que se fundamenta en la protección de la vida privada y la libertad de asociación, ha sido recibida con preocupación por parte de sectores políticos y judiciales italianos que consideran la masonería un posible vehículo de influencia de organizaciones criminales.

Esta decisión no es la primera en la que el TEDH protege el secretismo masónico en Italia. En ocasiones anteriores, el tribunal ya había fallado en contra de leyes italianas que exigían a los funcionarios públicos y jueces declarar su pertenencia a logias masónicas. Estas resoluciones han generado un debate en Italia sobre si la protección del derecho de asociación está dificultando la lucha contra la criminalidad organizada.

La resolución del TEDH ha reavivado las tensiones entre las instituciones italianas y la justicia europea. Mientras algunos defienden la independencia del tribunal, otros consideran que su postura socava los esfuerzos de Italia por erradicar la influencia de la mafia en la vida pública. Ante esta situación, el Gobierno italiano podría explorar nuevas vías legales para reforzar la transparencia en las organizaciones que operan en zonas de alta criminalidad.

El Gran Oriente no colabora con el estado italiano

Las autoridades italianas han sostenido que la mafia se ha infiltrado en la masonería para facilitar conexiones con jueces, abogados, empresarios y políticos, favoreciendo la corrupción y el lavado de dinero.

En este contexto, el Parlamento italiano consideró esencial conocer la identidad de los masones en regiones con alta presencia mafiosa, a fin de detectar posibles vínculos ilícitos. Sin embargo, el Gran Oriente de Italia se negó a entregar la lista de miembros, argumentando la protección de la privacidad y la independencia de la organización.

El TEDH, en su fallo, determinó que la solicitud de la comisión parlamentaria era demasiado amplia y no estaba suficientemente justificada en términos de sospecha individualizada. Además, consideró que la intervención del Parlamento carecía de un control independiente e imparcial, lo que suponía una vulneración de derechos fundamentales.

GRAN LOGIA/DIARIO CONSTITUCIONAL/INFO CATOLICA.

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