Dos vídeos profamilia prohibidos en México, por «contenido denigrante»….por el autónomo Tribunal Electoral

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«Corrección política» y «cultura woke» o de la «cancelación»… pero ejercida desde el poder judicial, en este caso contra unos vídeos contrarios al aborto y la entrega de niños a parejas homosexuales en México.

En México, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado la licitud de retirar dos anuncios televisivos del Partido Encuentro Solidario (conservador, provida y profamilia) que criticaban el aborto y el matrimonio homosexual , emitidos en abril, de 2021 para la campaña electoral del 6 de junio.

Según un fallo difundido el 4 de noviembre, el TEPJF determina que se hizo bien al prohibir los anuncios (se retiraron de televisiones y el partido los retiró de su web, pero siguen circulando por Internet).

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El Tribunal Electoral sentencia que “si bien es permisible y deseable la exposición de las ideas y opiniones de los partidos políticos que reflejan sus ideologías fundacionales, éstas no pueden contener expresiones e imágenes ofensivas, denigrantes y/o discriminatorias innecesarias para exteriorizar su postura ideológica”.

“En el caso del aborto”, indicó el Tribunal en su comunicado, “las expresiones contenidas en los spots no están amparadas bajo la libre expresión, porque no son necesarias para divulgar la ideología partidista”.

“En el caso de la adopción homoparental, la Sala Superior determinó que los promocionales denunciados rebasan el límite de la libertad de expresión porque incluyen contenido discriminatorio”, añadió.

Y añade la sentencia (sin especificar ninguna frase ni imagen): «los mensajes reflejan menosprecio hacia las mujeres y las personas con capacidad de gestar e incentivan acciones de rechazo en su contra».

Pero, exactamente, ¿qué es lo que se castiga?

Pero… ¿cuáles son exactamente las expresiones «discriminatorias» o «denigrantes» que supuestamente se vierten en estos anuncios y en que se diferencian de cualquier otra sana crítica social o política? ¿Es capaz el tribunal de distinguir entre el rechazo a ciertas políticas, ideas y prácticas -como el aborto, o subir los impuestos, o prohibir la caza- y el ‘rechazo’ a las personas?

El tribunal no concreta ni frases ni escenas: sólo dictamina que es «discriminatorio».

Los anuncios pueden gustar más o menos, habrá gente de acuerdo y gente en desacuerdo, pero no parece que muestren nada denigrante. Se pueden ver aquí:

El anuncio del PES contra la entrega de niños a parejas del mismo sexo

Y el anuncio sobre el aborto reformulaba la expresión utilizada muchas veces por el Papa Francisco de una «cultura del descarte», que descarta a cónyuges con el divorcio y a hijos con el aborto:

En la agencia Aciprensa, el político mexicano Juan Carlos Leal, ex diputado local del Estado de Nuevo León y reconocido defensor de los valores provida y profamilia, denunció la tendencia que parece marcar el organismo oficial: “a cualquier organización política se le va a prohibir mencionar que está en contra del aborto, que esté en contra de la ideología de género, del matrimonio igualitario, de la adopción homoparental, entre otras otras cuestiones”.

Para Leal, “es lamentable que veamos la postura completamente ideológica del tribunal” (que, por ejemplo habla de ‘personas con capacidad de gestar’).

Juan Carlos Leal pide una mayor unidad de los defensores de la vida y la familia en defensa de la libertad de expresión y de debate político: “los grupos provida y grupos pro familia deben de unirse para alzar la voz en contra de este tipo de resoluciones”.

 

ReL.

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