¿Cámara de Diputados al servicio del Genocidio farmacológico?
A) En 1933 el gobierno argentino firmó un repudiable acuerdo con Gran Bretaña, conocido como Tratado Roca-Runciman, por medio del cual el representante argentino aseguró para el país la compra por parte del gobierno británico de carnes argentinos, pero en un 85% comercializable a través de frigoríficos de aquel país asentados en territorio argentino. A cambio de ello, las finanzas británicos obtuvieron la creación y el control del Banco Central de la República Argentina, controlado por ellas, y la administración del transporte público de la Ciudad de Buenos Aires, entre otras ventajas.
Todo eso concedió el gobierno a Gran Bretaña, para que los ganaderos argentinos pudieran seguir vendiendo a Gran Bretaña: el país al servicio de la clase ganadera. La historiografía nacional conoce como La Década Infame el período que abarca desde 1930 hasta 1943, momento en que se produjo ese ejemplo notable y paradigmático de claudicación de la soberanía nacional.
B) Pero en 1990 volvió a reiterarse esa conducta claudicante de otro gobierno argentino, mediante la firma de otro Acuerdo bochornoso, conocido como Tratado de Madrid. A través de este instrumento, Gran Bretaña afianzó y reforzó un derecho de facto de tutela o patria potestad sobre la política exterior, sobre la política militar y sobre la política económica de la República Argentina.
Con este Tratado, Gran Bretaña se aseguró el control de todos los movimientos militares de la Argentina, tanto en su propio territorio como en el Océano Atlántico, al que los buques de la Marina Argentina sólo pueden acceder desde entonces con permiso británico. Además, sólo reconoce como autoridades militares a la Marina y a la Fuerza Aérea argentinas, quedando fuera del Tratado el Ejército Argentino.
Además, se institutuyó un mecanismo de “protección recíproca” de inversiones privadas, excluyendo a terceros países de tal tratamiento. Y de hecho se incorpora la Argentina como “territorio” del Reino Unido, al suprimirse la exigencia de visas para el ingreso de ciudadanos británicos al país. Como dice el doctor Julio Carlos González, “la Argentina entró al Commonwealth” al firmar esta nueva claudicación ante el mismo Imperio Británico, y concluye diciendo que “la bilateralidad de la política militar, la bilateralidad de la política exterior y la bilateralidad de la política económica que impone este Tratado determinan el reemplazo de la República Argentina Independiente por una virtual Confederación Anglo-Argentina” (Tratado de 1990 entre Argentina y Gran Bretaña. La rendición incondicional de la Argentina, en la pagina WEB.
C) En el interín, a partir de 1976, la dictadura militar del Proceso, con el abogado José Alfredo Martínez de Hoz a la cabeza como ministro de Economía (porque era miembro del Consejo Internacional del Chase Manhattan Bank, de la familia Rockefeller), inauguró la práctica de renunciar a la inmunidad soberana en casos de endeudamiento externo con los centros financieros internacionales o con el mundo financiero privado. Es decir, el Estado aceptaba ser demandado en un tribunal de otro país (Inglaterra, Francia, Estados Unidos, Japón, etc.) en casos de demandas o litigios judiciales planteados por el acreedor externo, aunque fuera una institución privada.
Lo que empezó siendo un hábito de la dictadura cívico-militar de 1976 adquirió carta de ciudadanía democrática a partir de 1983, ya que todos los gobiernos celebraron acuerdos de endeudamiento externo con el Poder Financiero privado internacional renunciando en todos los casos a la inmunidad soberana, desde la presidencia de Raúl Alfonsín hasta hoy, en forma ininterrumpida.
D) Hace pocos días, el 7 de octubre, la Cámara de Diputados de la Nación Argentina aprobó un proyecto de ley que le otorga facultades al Poder Ejecutivo Nacional para comprar vacunas contra el Covid-19, por medio de contratos que protegen jurídicamente a los laboratorios productores -extranjeros- ante eventuales juicios. La aprobación fue ampliamente mayoritaria, 230 votos positivos, y sólo 8 votos en contra.
¿En qué forma los protegen jurídicamente? Extendiendo la repulsiva práctica renuncia a la inmunidad soberana, mediante la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero (art. 2), y estableciendo cláusulas de indemnidad patrimonial y cláusulas de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas (art. 4). Y para que los laboratorios productores extranjeros maximicen sus ganancias, la ley dispone la eximición del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, incluido el impuesto al valor agregado, etc. (art. 6).
E) Legitimación de la cobardía “patriótica”. Intentando justificar tamaña claudicación de la soberanía nacional para beneficiar un negocio privado de empresas multinacionales, el principal impulsor de este mamarracho jurídico, el diputado tucumano Pablo Yedlin sostuvo que “esto no es lo óptimo, pero son los requisitos que la industria farmacéutica impone” (SIC !!!). Es decir, legisló con cobardía, aceptó imposiciones de una empresa privada (https://www.lanacion.com.ar/politica/diputados-media-sancion-ley-otorga-proteccion-juridicanid2472982).
Pero lamentablemente esta cobardía fue colectiva, ya que la mayoría de los diputados acompañó esta felonía. Y dado que ya está vigente una ley sancionada en el 2018 que obliga a la vacunación obligatoria para toda la población, ya que la vacunación es considerada una “estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva” (Ley 27491/2018. Control de enfermedades prevenibles por vacunación, publicada el 4 de enero de 2019), la población argentina va a estar entregada de pies y manos para inocularse una vacuna que no existe todavía, que en consecuencia no se sabe de qué esta hecha y qué consecuencias terribles puede tener para la salud de los receptores. Y que para reclamar va a tener que viajar al país de residencia de la casa matriz fabricante de la vacuna para iniciar un reclamo judicial.
F) La traición Ejecutiva y Legislativa. Esta bochornosa claudicación de la soberanía nacional se ve agravada por el hecho que en una institución del Estado argentino, el CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas), un grupo de investigadores desarrolló en la ciudad de Córdoba una vacuna anti Covid-19, que se administra por vía oral y no precisa tener una cadena de frío para su mantenimiento (se pueden conocer los detalles en la siguiente (ACN).
Lo que ese equipo nacional necesita para probar la vacuna es un aporte de 75 millones de pesos, que representan muy poco frente al presupuesto de 6.100 millones de pesos destinados a un Ministerio parásito que forma parte del gobierno nacional. Pero al presentar el pedido de fondos, las autoridades sanitarias de la Nación se negaron a proporcionarlos, a pesar de que si el proyecto resulta factible sería el mismo Estado argentino el que fabricaría la vacuna, sin necesidad de endeudarse con empresas privadas internacionales.
La gran pregunta es por qué el “gobierno” argentino se ha negado. ¿Por qué?
G) ¿Será por el hecho que los verdaderos dueños de los laboratorios extranjeros que fabrican la vacuna SON LOS FONDOS DE INVERSIÓN -BlackRock, Fidelity Investments, Wellington Management, Vanguard- que al mismo tiempo son LOS DUEÑOS DE LA DEUDA EXTERNA ARGENTINA, tal como hemos mostrado en https://acnweb.com.mx/2020/08/17/poder-financiero-internacional-dueno-del-dinero-y-de-lasvacunas-que-van-a-salvar-a-la-humanidad/?
Con el Tratado de 1933 el gobierno oligarca de entonces puso la economía y las finanzas argentinas en manos del Imperio Británico; con el Tratado de Madrid de 1990, el gobierno peronoide-liberal de entonces entregó la soberanía del país y, a posteriori, las empresas públicas argentinas.
Ahora, con una simple ley, los “democráticos” diputados argentinos permiten que la población argentina sea campo de experimentación para el repulsivo poder financiero privado internacional, a través de una abominable dictadura sanitaria que obtendrá multimillonarias ganancias sin correr riesgo jurídico alguno. ¿Diputados de la Nación? ¿O lacayos cobardes del poder financiero privado internacional? En todo caso, Perduellis progresistas del siglo XXI, ejecutores del peor de los crímenes: la traición a la Patria.