Por: Jeffrey M. Kihien-Palza
Así como un edificio tiene cimientos que soportan toda la estructura, la ciencia jurídica también los tiene, sus cimientos son los principios generales del derecho, los mismos que no se pueden alterar porque se derrumba todo lo que está construido sobre ellos. Toda la legislación acumulada a lo largo de los siglos se derrumbaría, alterando las relaciones humanas y la civilización en sí. Uno de estos principios generales protege la voluntad en las relaciones jurídicas, estableciendo que todo contrato que nace con dolo es nulo, pues vicia la voluntad de las partes, consecuentemente es inexistente y es así como era considerado en Roma, en donde se le codifica y es un principio general del derecho.
El Código Civil Peruano- CC- Art. 140, manifiesta que el acto jurídico “es la libre manifestación de voluntad.” En el 140ª, aclara; que la relación jurídica sea licita así como su finalidad. Ambas tienen que ser licitas al mismo tiempo. En el mismo código artículo 219, Causales de Nulidad de Acto Jurídico, numeral 4, anota que el acto jurídico es nulo; “cuando su fin sea ilícito.”
La nulidad sancionada por el art 219 del CC, “puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público. Puede ser declarada de oficio por el juez cuando resulte manifiesta. No puede subsanarse por la confirmación.” En los casos en los cuales el estado es afectado por contratos que nacieron con dolo, específicamente un soborno, en los cuales un funcionario público recibe un dadiva a cambio de otorgar obras públicas o compras estatales, cualquier ciudadano puede demandar su nulidad e incumplir las obligaciones del mismo. Por ejemplo, un contrato por el cual se obliga a los ciudadanos a pagar un peaje a la empresa que participó directamente en el ilícito, entregando la dadiva al funcionario público a cambio le sea adjudicado la concesión de la misma, el ciudadano puede argumentar que no pagará el peaje porque es nulo, pues existe dolo comprobado. Esta última es la descripción de contratos firmados por la ex alcaldesa de Lima, Perú, Susana Villaran y las empresas Odebrecht y OAS, las cuales confesaron haber entregado por lo menos cuatro millones de dólares a Villaran, la misma que ha confirmado el recibo del dinero. Sin embargo los fiscales a cargo de la investigación, los cuales son los llamados por ley a solicitar su nulidad, no lo han hecho, mucho menos los jueces que dirigen el proceso, cometiendo delito de prevaricato.
La empresa Odebrecht y sus esbirros, como es de conocimiento público en todo el mundo desde hace diez años, dirige la red de corrupción política más grande en la historia de la humanidad, en sus planillas están directa o indirectamente desde el locutor de radio AM de un pueblo en los Andes de Perú, hasta conocidos periodistas, políticos que nunca ganaron una elección, famosos abogados, malos jueces y fiscales, alcaldes y presidentes, además de influenciadores, artistas, intelectuales y personajes de farándula y socialites, líderes sindicales y ONGs. La lista es muy larga para redactarla, esa mafia sigue activa.
Estoy describiendo lo que sucede en Perú, donde la fiscalía suscribió un acuerdo de colaboración con Odebrecht y sus empresas socias, por las cuales estas se comprometen a delatar a los miembros de su organización clandestina, a cambio el estado no confiscaría sus bienes, los bienes de sus directivos y tampoco los acusaría por delito alguno. Como el acuerdo es secreto, ilegalmente secreto, ni siquiera el congreso del Perú conoce su contenido, estoy especulando este acuerdo compromete al estado peruano a no anular los contratos que nacieron con dolo. De ser así, este acuerdo secreto seria nulo, pues atenta contra la ley vigente del Perú y un principio general del Derecho; toda relación jurídica nacida con dolo-dadivas- es nulo.
El acuerdo secreto entre el estado peruano y Odebrecht me obliga nuevamente a confirmar la mafia sigue vigente, pues la mayoría de políticos y funcionarios públicos de más alto nivel no se han atrevido a denunciarlo, por el contrario lo han santificado y defendido, como defendieron tiempo atrás a los dos fiscales que lo suscribieron bajo la protección de los ex presidentes Pedro Pablo Kuczinsky, obligado a renunciar antes de ser vacado, al descubrirse fue empleado por Odebrecht y, Martin Vizcarra Cornejo, vacado por el congreso del Perú, el cual fue socio de Odebrecht.
Agregado a la fundamentación jurídica de nulidad de los contratos nacidos con dolo, del CC, la “Ley de Contrataciones del Estado,” proclama los principios de; Igualdad de Trato, garantizando a todos la oportunidad de contratar con el estado, la cual no se cumplió porque Odebrecht y sus socias, ganaba todas las licitaciones otorgando dadivas a los funcionarios públicos, y el más importante, el principio de integridad; obligando a todo aquel que participe en procesos de contratación con el estado a la “honestidad y veracidad,” “evitando cualquier práctica indebida y corrupta.” La confesión de Odebrecht demuestra que si hubo corrupción.
La mafia Odebrecht es el estado profundo del Perú, ellos sacan y colocan presidentes, la manera más pacífica y eficaz de destruirla es empezar con despidos. Ya se hizo una vez con Fujimori y, fue un éxito contra el estado profundo que nos dejó la revolución comunista y los posteriores gobiernos que no tuvieron la valentía de enfrentarla, por eso fueron un completo fracaso y obligaron a millones de peruanos a la miseria, mientras los pocos saqueaban la hacienda pública del pobre estado peruano.