Personas que viven en adulterio no pueden estar en las directivas de las cofradías, refrenda obispo en España

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Según el decreto, la Iglesia no puede permitir que personas que viven objetivamente en estado de adulterio, esto es, que han roto sus votos matrimoniales y han contraído matrimonio civil con otra persona, sean consideradas miembros de una candidatura.

Jesús Catalá, el obispo de la diócesis de Málaga, ha emitido un decreto de nulidad de las elecciones, con el fin de aclarar la postura de la Iglesia en cuanto a la aceptación de candidaturas.

Según el decreto, la Iglesia no puede permitir que personas que viven objetivamente en estado de adulterio, esto es, que han roto sus votos matrimoniales y han contraído matrimonio civil con otra persona, sean consideradas miembros de una candidatura.

La decisión se ha tomado después de una denuncia presentada por Luis Bustos, uno de los candidatos, que afirmaba que en la lista de su oponente, Antonio Sastre, había dos personas divorciadas.

La Semana Santa marcará el reinicio de las elecciones, y los votos se tomarán desde cero. La postura clara del obispo Jesús Catalá deja en claro que los individuos que han roto sus matrimonios no pueden ocupar cargos directivos importantes en una hermandad.

El documento, firmado por Catalá, destaca que en la vida privada las personas merecen todo el respeto y la comprensión, y que la Iglesia debe ayudarles en su crecimiento espiritual. Sin embargo, en la vida pública, la Iglesia no puede aceptar como candidato a una persona divorciada que ha vuelto a casarse civilmente.

El decreto también hace mención a las normas diocesanas para la organización y actividad de las hermandades. Según el artículo 17, quien incumpla las normas mínimas de disciplina, doctrina y magisterio de la Iglesia no puede desempeñar el cargo de hermano mayor. Esta norma, según el decreto, debe aplicarse también al cargo de teniente mayor, ya que este sustituye al hermano mayor en ausencia, enfermedad o vacante con los mismos derechos y responsabilidades, excepto el voto de calidad.

«Es decir, los Estatutos están exigiendo los mismos requisitos para ser hermano mayor que para ser teniente de hermano mayor y por tanto la aplicación analógica de las normas antes dichas es obvia y al teniente de hermano mayor le es aplicable el artículo 17 de las normas diocesanas en su integridad», apostilla un decreto donde se recuerda que según el Derecho Canónico «las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad».

En noticias recientes, se ha prestado atención a la situación matrimonial de los líderes de las cofradías religiosas. Históricamente, la atención se ha centrado en los hermanos mayores, pero ahora, gracias a una declaración por parte del Obispado, la lupa también se ha posado sobre aquellos que buscan ocupar otros puestos de liderazgo en estas organizaciones. En 2014, el Obispado llamó la atención sobre Antonio Villalba, quien en ese momento era el hermano mayor de la Cofradía de la Humillación y estaba en proceso de divorcio. Ese mismo año, Juan Partal reconoció haber sido obligado a renunciar a su cargo como hermano mayor de la Hermandad del Cautivo debido a su situación matrimonial.

Domingo 12 de febero de 2023.

InfoCatólica.

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