Otro golpe del lobby LGBTIQ contra la familia: la Unión Europea suplanta el Acta de Nacimiento por una simple tarjeta de identidad

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*  El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió ayer imponer a todos los estados miembros de la Unión que los padres del mismo sexo y sus hijos deben ser reconocidos como familia en todos los estados miembros.
*  El Estado debe emitir al niño una tarjeta de identidad o pasaporte sin requerir también un certificado de nacimiento.

 

El tirano europeo llama a la puerta de nuestra casa, después de los ataques con la espada para cancelar la Navidad e insultar a la Virgen María, de acuerdo con la partitura vivida tanto por el régimen soviético como por el nazi en el siglo pasado, ahora pasamos a imposición de un nuevo modelo de familia y descendencia. Está claro como el sol que en ningún artículo de ningún tratado europeo se reconoce a las instituciones del continente con una competencia mínima en materia de derecho de familia. También está bien establecido que cada estado tiene sus propias leyes de ciudadanía.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió ayer imponer a todos los estados miembros de la Unión que los padres del mismo sexo y sus hijos deben ser reconocidos como familia en todos los estados miembros. En un fallo histórico, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dijo que si un país reconoce una relación parental con un niño, todos los estados miembros deberían hacer lo mismo para garantizar el derecho del niño a la libre circulación.

El caso judicial (sentencia en el caso C-490/20 ) surgió después de que las autoridades búlgaras se negaran a otorgar un certificado de nacimiento a la hija recién nacida de una pareja del mismo sexo con el argumento de que un niño no puede tener dos madres. La búlgara Kalina Ivanova y la británica Jane Jones, nacida en Gibraltar, están registradas en España como las madres de Sara, también nacida en la Península Ibérica en 2019. Ninguna de las dos mujeres es de ascendencia española, lo que significa que la ciudadanía no está permitida. en ese país y de acuerdo con la Ley de Nacionalidad Británica de 1981, Jones no puede transferir la ciudadanía británica a su hija, ya que nació en Gibraltar.

Sobre esta base, Ivanova solicitó la ciudadanía búlgara para su hija, que posteriormente fue rechazada porque los matrimonios y uniones entre personas del mismo sexo no están legalmente reconocidos en Bulgaria. Como resultado, Sara permaneció apátrida, sin acceso a la ciudadanía, sin poder salir del país de residencia de su familia, España y sin documentos personales, limitando así su acceso a la educación, la atención médica y la seguridad social.

Bueno, el Tribunal de Justicia ha decidido que el niño debe recibir un pasaporte búlgaro y esto se aplicará a todos los estados miembros de la UE que no garantizan el reconocimiento de los hijos de parejas LGBTI, ni reconocen plenamente a esas «familias» arcoíris. Obviamente, el jefe del equipo legal de la ILGA europea, el grupo de presión LGBTI internacional muy poderoso y altamente financiado, Arpi Avetisyan, dijo al Washington Post.que la sentencia trae «la tan esperada aclaración de que la paternidad / maternidad establecida en un Estado miembro de la UE no puede ser negada por otro, con la excusa de proteger la identidad nacional» y felicitó este «testimonio real de que la UE es una unión de igualdad y nosotros Esperamos ver a las familias arcoíris disfrutar de su derecho a la libertad de movimiento y otros derechos fundamentales en pie de igualdad con todos los demás ».

La Sentencia no puede ser apelada , otros casos similares serán llevados a la atención del poder judicial nacional de los países individuales pero, cualquier gobierno nacional desde ayer es muy consciente de que con esta interpretación del derecho a la libertad de movimiento, incluso si se usa claramente instrumentalmente , distorsiona todos los tratados sobre competencias nacionales en materia de matrimonio y ciudadanía y, de hecho, exige a todos los Estados la equivalencia plena y total entre las uniones y matrimonios LGBTI, la ciudadanía de los hijos e, indirectamente, el reconocimiento de la gestación subrogada (el Estado debe «emitir una tarjeta a este niño de identidad o pasaporte sin requerir también partida de nacimiento «, ni que» las autoridades nacionales del país miembro de donde provenga le elaboren partida de nacimiento con anticipación «).

¿Cómo llegó esto aquí? Primero: el Tribunal de Justicia, que ya se pronunció a favor del reconocimiento de una pareja LGBTI en Rumanía por motivos laborales en 2018, había decidido derribar las competencias nacionales en materia de matrimonio e impuesto su propia interpretación del derecho a la libre circulación. (Sentencia C ‑673/16 Coman-Hamilton). Segundo: en los últimos años, la Comisión ha declarado a las personas LGBTI y los dogmas de género una máxima prioridad (véanse los discursos de Ursula Von der Leyen , Vera Jurova, Helena Dalli y Franz Timmerman). Tercero: la iniciativa de una consulta ‘popular’de la Comisión (19 de mayo-25 de agosto), sobre los derechos de las parejas LGBT al pleno reconocimiento de la homogeneidad y de sus hijos (muchas veces obtenidos por gestación subrogada o fecundación heteróloga), a pesar de que los resultados van más allá de lo ridículo para la participación (389 personas o asociaciones ). Cuarto: las numerosas iniciativas del Parlamento Europeo, desde la declaración de Europa como zona de libertad LGBTI hasta la sobre el reconocimiento de los matrimonios LGBTI en todos los países miembros.

 

Por LUCA VOLONTÉ.

ROMA, Italia.

Miércoles 15 de diciembre de 2021.

lanuovabq.

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