Legitima el «derecho» a matar niños antes de nacer, el Tribunal Constitucional de España

ACN
ACN

«El Pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado hoy por mayoría la sentencia, cuya ponente ha sido la Vicepresidenta Inmaculada Montalbán Huertas, que desestima íntegramente el recurso de inconstitucionalidad presentado por setenta y un diputados del Partido Popular, contra la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo», reza la nota de prensa emitida por el máximo órgano judicial español.

La resolución, con alta carga ideológica, afirma que «esta Ley permitió, por primera vez en nuestro país, la interrupción voluntaria del embarazo por decisión libre de la mujer dentro de las primeras catorce semanas de gestación, introduciendo el denominado “sistema de plazos”, vigente en la mayoría de los países de la Unión Europea. Este sistema vino a sustituir al anterior de “indicaciones”, en que sólo se permitía en aquellos supuestos de riesgo para la vida o salud de la embarazada, violación, o probabilidad de que existieran en el feto graves taras físicas o psíquicas».

El Tribunal antepone el supuesto derecho de «autodeterminación» de la mujer a la vida del niño por nacer. El TC «considera que el sistema de plazos es conforme a la Constitución por cuanto reconoce a la mujer embarazada el ámbito razonable de autodeterminación que requiere la efectividad de su derecho fundamental a la integridad física y moral, en conexión con su derecho a la dignidad y libre desarrollo de su personalidad. Derechos constitucionales que exigen del legislativo el respeto y reconocimiento de un ámbito de libertad en el que la mujer pueda adoptar razonablemente, de forma autónoma y sin coerción de ningún tipo, la decisión que considere más adecuada en cuanto a la continuación o no de la gestación».

Los cuatro Magistrados contrarios a esta resolución alegan que» la sentencia no se ciñe a una interpretación estrictamente jurídica dando entrada a un planteamiento ideológico tendente a crear un inexistente derecho fundamental de la mujer al aborto que, además de dejar desprotegida la vida humana en formación, desborda los límites de enjuiciamiento del TC y acaba imponiendo como único modelo constitucional posible el de la LO 2/2010, cerrando el paso a cualquier otra opción legislativa posible; condicionando los pronunciamientos que en su momento puedan efectuarse en relación con la LO 1/2023″.

Reacción del episcopado

Ante esta resolución, el arzobispo de Oviedo, Jesús Sanz, ha escrito en su cuenta de twitter lo siguiente: «Lo llaman «derecho al aborto»: matar al ser más inocente en el seno de sus propias madres. La prisa matarife de la terminal judicial de este gobierno a la deriva, saca pecho como con todas las leyes ideológicas que no tienen demanda social ni debate sino imposición totalitaria».

Por su parte, el obispo de Lugo, Alfonso Carrasco, ha recordado que «el aborto es un tema con la suficiente importancia para que lo tengamos presente en aquellos apoyos y decisiones nuestras que tienen repercusión en la vida pública».

El arzobispo de Valladolid, Luis Argüello, ha afirmado que «es imprescindible un movimiento espiritual, cultural, social y político en favor de la vida».

Madrid, España.

Miércoles 10 de mayo de 2023.

Infovaticana.

Comparte:
By ACN
Follow:
La nueva forma de informar lo que acontece en la Iglesia Católica en México y el mundo.