Las firmas del Papa Francisco: «esto se enreda todavía más»

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Esto se enreda todavía más.

En Nov-13-2023 el sitio croata Vjera i Djela se preguntaba si Francisco firmaba los rescriptos que Tucho decía que firmaba, visto que el rescripto aquel de Oct-31-2023, presentado en un documento PDF, dejaba ver a las claras que la firma de Francisco había sido simplemente añadida a un documento. Desde ese entonces los documentos que publica el DDF ya no fueron publicados en PDF, solamente en texto puesto directamente en el sitio web del Vaticano.

Pues bien, el enredo está en que misteriosamente el Dic-15-2023, apareció publicado otro rescripto presumiblemente de una fecha anterior al arriba aludido, concretamente con fecha Oct-21-2023, en el cual Tucho asegura que en esa fecha Francisco le autorizó decir que para la validéz de los documentos doctrinales bastaba con que la firma de Francisco “apareciera colocada al final de cualquier texto” para expresar “su aprobación y su autorización para la posible publicación del mismo”, incluidos los anteriores aparecidos antes de la fecha del rescripto conocido hoy, el cual lleva, repetimos, fecha Oct-21-2023.

El rescripto conocido apenas el 15 de diciembre de 2023, pero con fecha Oct-21-2023, solamente está publicado en italiano y se llama “Rescriptum ex Audientia S.Smi die 21 octobris 2023”, así en latín. Nuestra traducción.

DICASTERIUM PRO DOCTRINA FIDEI

Folio de Audiencia con el Santo Padre

Rescriptum ex Audientia S.Smi die 21 octobris 2023

El Santo Padre, en la audiencia concedida en fecha dehoy al infrascrito Cardenal Prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, ha confirmado que la sóla firma del Sumo Pontífice, colocada al final de cualquier texto, respuesta o documento referente a cuestiones de competencia de la Sección Doctrinal del Dicasterio —incluso precedentes de este Rescriptum— expresa Su aprobación y Su autorización a la posible publicación de los mismos.

Víctor Manuel Card. Fernández
Prefecto

Ex Audientia Die 21-10-2023
Franciscus

No lo dicen, pero se infiere que el documento no solamente se refiere a la firma añadida a cualquier documento doctrinal sino también a que a estos tales se les puede añadir cualquier fecha de una audiencia inexistente en la dicha fecha.

¡Habrá cuantas audiencias y firmas añadidas, como rescriptos se vayan necesitando al paso!

¿No le dijo Francisco a Tucho en su carta de bienvenida a bordo del DDF que ese dicasterio en el pasado “llegó a utilizar métodos inmorales”?, bueno, parece que esa tradición sí le gusta conservarla, pero eso sí, solamente en el fondo, porque en las formas “es sin duda algo muy diferente”, como también en esa misma carta anotaba a renglón seguido.

SECRETUMMEUMMIHI.

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