Golpe al Magisterio de la Iglesia: los divorciados vueltos a casar son los que ahora decidirán si comulgan o no

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* El mismo día en que se ha conocido que cinco cardenales han planteado cinco dubia al Papa con motivo del Sínodo sobre sinodalidad, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe confirma lo que Francisco dijo hace años a los obispos de Buenos Aires y que contradice el Magisterio previo de la Iglesia, especialmente el de San Juan Pablo II y Benedicto XVI.

En un día dominado por las noticias de cinco cardenales que publicaron un conjunto de «dubia» al Papa Francisco, ayer se hizo pública una serie de «responda» («respuestas») a 10 dubia presentados por el cardenal checo Dominik Duka con respecto a «la administración de la Eucaristía a parejas divorciadas que viven en una nueva unión».

Originalmente presentadas por el arzobispo emérito de Praga el 13 de julio en nombre de la Conferencia Episcopal de Chequia, la respuesta de Doctrina de la Fe, firmada tanto por el Papa Francisco como por el nuevo prefecto, el cardenal Víctor Fernández, fue enviada al cardenal checo el 25 de septiembre.

En el centro de los dubia de Duka y la respuesta del Vaticano está la aplicación práctica de «Amoris Laetitia», la exhortación apostólica postsinodal del Papa Francisco publicada en el 2015, y en particular, su orientación pastoral para la recepción de la Comunión por parte de aquellos que están sacramentalmente casados pero «divorciados y vueltos a casar» con otra persona que no es su cónyuge.

Sobre dicha cuestión, el cardenal Fernández escribe que, aunque los sacerdotes deben proporcionar acompañamiento pastoral al individuo, «es cada persona, individualmente, la que está llamada a ponerse ante Dios y exponerle su conciencia, con sus posibilidades y sus límites», y evaluar su disposición a recibir la comunión.

«Esta conciencia, acompañada por un sacerdote e iluminada por las orientaciones de la Iglesia, está llamada a formarse para evaluar y dar un juicio suficiente para discernir la posibilidad de acceder a los sacramentos».

Según el nuevo criterio de la «Doctriba de la Fe» en el proceso de discernimiento, «los divorciados vueltos a casar deberían preguntarse cómo se comportaron con sus hijos cuando la unión matrimonial entró en crisis; si ha habido intentos de reconciliación; cómo se abandona la situación de la pareja; qué consecuencias tiene la nueva relación para el resto de la familia y la comunidad de fieles; qué ejemplo ofrece a los jóvenes que deben prepararse para el matrimonio. Una reflexión sincera puede fortalecer la confianza en la misericordia de Dios, que no se niega a nadie»

La respuesta también afirmó que los obispos deberían desarrollar criterios basados en Amoris Laetitia en sus diócesis como los que plantearon los obispos de la región pastoral de Buenos Aires, siendo que el papa Francisco confirmó dichos criterios como «la única interpretación» posible de la exhortación postsinodal, que debería tomarse como «magisterio auténtico» y que no se daría ninguna otra explicación integral.

En la respuesta del cardenal Ferández se evita responder directamente a si los actos cometidos en la vida sexual de la pareja formada por al menos un católico divorciado vuelto a casar deberían «ser mencionados en el sacramento de la reconciliación», pero el prefecto de Doctrina de la Fe escribió que la vida sexual de la pareja debería estar «sujeta a un examen de conciencia para confirmar que es una verdadera expresión de amor y que ayuda al crecimiento en el amor».

«Todos los aspectos de la vida deben presentarse ante Dios», afirmó.

Finalmente, en respuesta a la pregunta de Duka sobre cómo los obispos checos podrían «proceder a establecer la unidad interna» en la cuestión de la orientación pastoral para los divorciados vueltos a casar, «pero también para evitar perturbar el magisterio ordinario de la Iglesia», Fernández escribió que la conferencia episcopal debería «acordar algunos criterios mínimos para implementar las propuestas de Amoris Laetitia» para ayudar a los sacerdotes «en el proceso de acompañamiento y discernimiento sobre el posible acceso a los sacramentos del divorcio en una nueva unión, sin perjuicio de la autoridad legítima que cada obispo tiene en su propia diócesis».

Contradice el Magisterio previo

La respuesta de Doctrina de la Fe confirma que el magisterio de Francisco contradice expresamente el magisterio de los Papas que le precedieron.

El Magisterio de san Juan Pablo II y Benedicto XVI excluye la posibilidad de que los divorciados vueltos a casar comulguen y reciban la absolución si no dejan de convivir conyugalmente. En la exhortación apostólica Familiaris Consortio de San Juan Pablo II se lee:

La Iglesia, no obstante, fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su práxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio.

La reconciliación en el sacramento de la penitencia —que les abriría el camino al sacramento eucarístico— puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, —como, por ejemplo, la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación, «asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos»
Familiaris Consortio 83

Y Benedicto XVI indica en Sacramentum Caritatis:

El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía…

…. se ha de evitar que la preocupación pastoral sea interpretada como una contraposición con el derecho. Más bien se debe partir del presupuesto de que el amor por la verdad es el punto de encuentro fundamental entre el derecho y la pastoral: en efecto, la verdad nunca es abstracta, sino que «se integra en el itinerario humano y cristiano de cada fiel ». Por esto, cuando no se reconoce la nulidad del vínculo matrimonial y se dan las condiciones objetivas que hacen la convivencia irreversible de hecho, la Iglesia anima a estos fieles a esforzarse por vivir su relación según las exigencias de la ley de Dios, como amigos, como hermano y hermana; así podrán acercarse a la mesa eucarística, según las disposiciones previstas por la praxis eclesial.
Sacramentum Caritatis, 29

CIUDAD DEL VATICANO.

MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023.

INFOCATOLICA.

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