Forzaron a niña boliviana a «interrumpir su embarazo»

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La niña de 11 años que fue vejada en el municipio de Yapacaní (Santa Cruz) dejó de estar embarazada ayer por la mañana. La Defensoría del Pueblo informó que se “protegieron” los derechos de la menor y que el caso se maneja en absoluta reserva tras la determinación de la justicia.

Fuentes judiciales consultadas por Página Siete indicaron que se procedió a la interrupción legal del embarazo y entregaron a este medio el acta de autopsia del feto que se realizó ayer a las 14:10 en la ciudad de Santa Cruz  en la morgue del Hospital San Juan de Dios. El documento da cuenta de una “toma de muestra” en presencia el médico forense, dos fiscales y el investigador asignado al caso, sin testigos adicionales.

La defensora del pueblo, Nadia Cruz, informó que la sala constitucional, al momento de emitir el fallo, pidió especial reserva del caso de la menor de 11 años. “Por lo menos, hasta el día lunes no vamos a dar ninguna información. Lo único que puedo decirles es que se generó una protección respecto a los derechos de la niña”, declaró.

La menor sufrió una serie de violaciones continuas desde febrero por el padre de su padrastro. La anterior semana, la niña fue trasladada al Hospital Percy Boland para interrumpir la gestación, pero la madre desistió de esa solicitud.

Entonces, el delegado episcopal de la Pastoral de la Salud de la Iglesia Católica cruceña, Víctor Hugo Valda, indicó que la madre y la niña habrían desistido de la interrupción y que la menor de edad había sido trasladada a un hogar de la Iglesia.

La Defensoría

La Defensoría del Pueblo  recurrió a la justicia para rescatar a la niña y continuar con la interrupción del embarazo. La  Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz resolvió, el 2 de noviembre, conceder en parte la tutela solicitada por la Defensoría del Pueblo, dispuso la valoración integral mediante un comité de especialistas y el traslado de la niña  a un lugar donde no esté expuesta a influencias.

Cuando se preguntó ayer a la Defensora sobre el caso reiteró: “Por respeto al tema de privacidad y confidencialidad que el mismo tribunal pidió, sea externo a medios de comunicación, no se va a dar un detalle respecto a ello porque sería una forma de incumplir su derecho a la confidencialidad”.

Cruz agregó que en este caso “lo único que se puede decir es que el tribunal, además de otorgar la tutela, al momento de ejecutar el fallo generó protección para la niña. Según el último informe que nos dieron ayer (viernes) por la tarde, está resguardada su salud; está bien” y confirmó que, por la misma resolución judicial, se hallaba en un centro hospitalario.

El abogado

El abogado de la madre de la niña,   Néstor Higa, declaró que hace cinco días perdió todo contacto con su representada. “No contesta más su celular. Quedaron incomunicadas. Eso no es legal, es abusivo”, afirmó.

Higa confirmó también que la niña fue internada. “Fue trasladada al hospital (…) y resulta que no conocemos más que algunas cosas que no están confirmadas”, dijo.

El artículo 266 del Código de Procedimiento Penal indica que el aborto es impune a sanción cuando se da a consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto.

Cuando el aborto hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto, no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiere sido iniciada, establece también  la norma.

 

LA PAZ, Bolivia.

página siete.

domingo, 7 de noviembre de 2021.

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