«El cardenal Marc Ouellet, prefecto emérito del Dicasterio para los Obispos, reflexiona sobre el nombramiento de laicos en cargos de autoridad dentro de la Curia romana, preguntándose si se trata de una concesión que convendría revisar o de un verdadero avance eclesiológico1».
La reflexión se impone, en efecto, y no puede sino ser espinosa, en el contexto creado por el anuncio de las consagraciones episcopales previstas para el próximo 1 de julio, en Écône, por parrte de la Fraternidad Sacerdotal San Pïo X. ¿Cuál es la dificultad que se debe resolver? Damos aquí la palabra al cardenal Ouellet, a quien debemos reconocer el gran mérito de una total lucidez:
Entre las decisiones audaces del Papa Francisco hay que contar el nombramiento de laicos y de religiosas para cargos de autoridad habitualmente reservados a ministros ordenados —obispos o cardenales— en los dicasterios de la Curia romana. El Papa justificó esta innovación por el principio sinodal, que llama a una mayor participación de los fieles en la comunión y en la misión de la Iglesia. Esta iniciativa choca, sin embargo, con la costumbre ancestral de confiar los cargos de autoridad a ministros ordenados.
Es aquí, en efecto, donde comienza la dificultad.
¿De dónde proviene esta «costumbre ancestral»?
Precisamente, aunque sea «ancestral», no se trata más que de una «costumbre», es decir, de una manera de actuar que no está necesariamente vinculada a la constitución divina de la Iglesia.
Porque, en sí mismo, el poder de jurisdicción es distinto del poder de orden y esencialmente diferente de este, tanto en su definición formal —por razón de su objeto— como en su origen —por razón de la causa que lo hace existir en un sujeto determinado—.
- El poder de orden, que es el poder de conferir los sacramentos, se obtiene por el rito de una consagración,
- Mientras que el poder de jurisdicción, que implica el poder de gobernar, se obtiene por un acto de la voluntad del Papa, designado como «misión canónica».
La costumbre ancestral quiere que, por regla general, sea un mismo sujeto quien reciba ordinariamente uno y otro poder: ordinariamente, el poder de gobernar se atribuye a ministros ordenados, y a los ministros ordenados se les confiere un poder de gobierno, ordinario en el caso del obispo y delegado en el caso de los demás ministros.
Si se mantiene esta lógica, entonces sí, sigue siendo posible —porque no es absolutamente contrario a la constitución divina de la Iglesia (dejando aparte si es conveniente o no, lo cual es otra cuestión)— confiar, en la santa Iglesia de Dios, el poder de gobernar a sujetos que no sean ministros ordenados, es decir, a simples clérigos o a simples laicos, incluso mujeres.
Pero ello supone, evidentemente, como se ha recordado más arriba, que dicho poder de jurisdicción no derive de ningún modo de la consagración episcopal ni, menos aún, de la ordenación sacerdotal. Y lo supone necesariamente, hasta tal punto que, si se postula que el rito de la consagración episcopal confiere a la vez los dos poderes, el de orden y el de jurisdicción, se vuelve absolutamente imposible —por ser contrario al derecho divino— confiar cargos de autoridad en la Iglesia a otros que no sean ministros ordenados.
Al igual que el cardenal Ghirlanda,
el cardenal Ouellet
se encuentra así atrapado en la rueda,
y con él
toda la orientación sinodalista
de la Iglesia conciliar,
incluido el difunto papa Francisco.
Y el suplicio de este cruel dilema resulta aún más desgarrador porque, precisamente, la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, que acaba de anunciar por boca de su Superior General su intención de proceder a consagraciones episcopales, pretende justificar y legitimar este gesto apoyándose en la distinción esencial y radical recordada más arriba: en plena conformidad con el derecho divino de la constitución de la Iglesia, siempre es posible conferir el poder de orden episcopal mediante el rito de una consagración, sin alimentar en absoluto la pretensión —que sería abusiva y cismática— de conferir al mismo tiempo el poder de jurisdicción, cuya atribución depende única y exclusivamente de un acto de la voluntad del Papa.
La lógica seguida por la Fraternidad
es la de toda la Tradición de la Iglesia,
hoy calificada despectivamente
de «preconciliar»;
lógica a la que se opone formalmente
la nueva eclesiología del Vaticano II,
en la medida en que esta postula,
en el número 21
de la constitución Lumen Gentium,
que la jurisdicción se confiere
por el mismo acto
de la consagración episcopal,
interviniendo el Papa únicamente
para moderar su ejercicio.
En consecuencia, se vuelve imposible, si se quiere permanecer coherente —y obediente— a esta nueva eclesiología conciliar, llevar a cabo «el nombramiento de laicos y de religiosas para cargos de autoridad habitualmente reservados a ministros ordenados, obispos o cardenales, en los dicasterios de la Curia romana».
Los herederos del Papa Francisco, y con él del Concilio, desembocan así en una contradicción inevitable: o
- O bien llevan hasta el final su sinodalismo, exigido por la lógica profunda de Lumen Gentium, y para ello deben apoyarse en la lógica «preconciliar» invocada por la Fraternidad San Pío X para justificar las consagraciones;
- O bien se distancian de esta lógica anterior al Vaticano II para permanecer fieles —y obedientes— a la nueva eclesiología, y así poder calificar de cismáticas las consagraciones previstas por la Fraternidad, pero a costa de prohibirse llevar hasta el final la lógica del Vaticano II, desembocando en el sinodalismo.
El cardenal Ouellet cree salir del paso invocando una «atención renovada a la acción del Espíritu Santo», argumento que no convencerá a nadie.
«No se trata aquí de sutilezas», observa el conocido sitio conservador Infovaticana, que titula (¿maliciosamente?): Los Cardenales Ghirlanda y Ouellet piensan como la Fraternidad San Pío X2.
«Porque la Fraternidad San Pío X defiende, en lo que respecta a LG 21, la misma posición preconciliar que Ghirlanda y Ouellet. Ciertamente, los objetivos son distintos. Los cardenales quieren imponer la justicia de género en la Iglesia.
La Fraternidad San Pío X quiere legitimar sus consagraciones episcopales previstas. Pero en lo que coinciden ambos es en este punto: la jurisdicción es transferida por el Papa por vía legal, sin que el sacramento del orden sea necesario (véase el anexo II de la carta del 18 de febrero de 2026).
La Fraternidad San Pío X no se basa en carismas quiméricos, como Ouellet, sino en una visión preconciliar que, de hecho, fue defendida por teólogos y Papas: el sacramento del orden se consideraba conferido con la ordenación sacerdotal.
Los obispos recibían entonces la jurisdicción del Papa, lo que los convertía en obispos diocesanos».
El mismo sitio pretende desacreditar esta disciplina anterior al Vaticano II, sin embargo sólidamente enraizada en la Tradición doctrinal del Magisterio.
- Pío XII recuerda, en efecto, en la encíclica Mystici Corporis de 1943, que los obispos reciben su jurisdicción «inmediatamente del Sumo Pontífice».
- En ello, y contrariamente a lo que pretende Infovaticana, los obispos no se transforman en absoluto «en vicarios del Papa, por así decir, en directores de sucursal».
- Se olvida demasiado deprisa que, no siendo el Papa sino el Vicario de Cristo, su poder es esencialmente el mismo poder de Cristo: los obispos reciben, por tanto, su poder de jurisdicción como una participación equivalente tanto del poder del Papa como del poder de Cristo, siendo uno y otro el mismo poder. En este sentido, ¿no son también los obispos, aunque de otro modo, «vicarios de Cristo»?…
Pero si todos los obispos, incluido el obispo de Roma, reciben su jurisdicción por su consagración, resulta difícil ver cómo los obispos serían «vicarios de Cristo» de un modo distinto al del obispo de Roma. ¿Serían todos Papas en cuanto miembros de un mismo Colegio?
Pero al magnificar el Colegio hasta convertirlo en el verdadero sujeto del poder supremo en la Iglesia, semejante concepción constituye un serio obstáculo para la sinodalidad y para la promoción de los laicos a cargos de autoridad en la misma Iglesia. El único medio de legitimar esta última sería adherirse a las posiciones eclesiológicas defendidas por la Fraternidad San Pío X.
«Los nuevos hiperpapistas del Vaticano», observa el sitio ya citado, «de acuerdo con la Fraternidad San Pío X, dejan igualmente de lado el sacramento del orden y afirman que el nombramiento por parte del Papa es lo único decisivo para ejercer la potestas sacra. El Papa Francisco lo puso en práctica.
- Como se sabe, era considerado progresista.
- Sin embargo, en este punto aparece como reaccionario preconciliar, al igual que los cardenales mencionados.
- Todo esto resulta aún más grotesco si se tiene en cuenta que el Papa Francisco predicaba al mismo tiempo el sinodalismo, lo que evoca un formato participativo.
- Es prácticamente lo contrario de lo que significa la derivación de toda jurisdicción de la superpotestas papal.
- Este proceso se vuelve todavía más grotesco si se considera el ataque contra el derecho canónico, que no ha cesado desde el Concilio Vaticano II: Iglesia del amor en lugar de Iglesia del derecho.
- Porque ello significa precisamente la total judicialización de la Iglesia cuando el sacramento del orden se convierte en un accesorio que no es necesario para gobernar la Iglesia».
- Caso cerrado…
La conclusión parece difícil de evitar:
El Papa León XIV debe decidir ahora si el Concilio Vaticano II sigue siendo válido o no en una cuestión dogmática decisiva. Y debe actuar en consecuencia.
Si da un paso atrás respecto al Concilio Vaticano II —como, por desgracia, parece que va a hacerlo—, no quedará piedra sobre piedra.
Pues ¿cómo va a exigir de manera creíble la obediencia al Concilio Vaticano II —frente a la Fraternidad San Pío X y a muchos otros— si él mismo lo desobedece?».
«Todo reino dividido contra sí mismo perecerá3»: la nueva eclesiología del Vaticano II encierra en sí misma los gérmenes de su autodestrucción.
La Fraternidad San Pío X, por su parte, encuentra en su fidelidad a la eclesiología tradicional el medio de asegurar una operación de supervivencia, tan necesaria para la salvación de las almas.
Por Padre JEAN – MICHEL GLEIZE.
- 1https://www.vaticannews.va/fr/vatican/news/2026–02/cardinal-ouellet-laics-curie-romaine-eveques-synode.html
- 2https://infovaticana.com/fr/2026/02/23/les-cardinaux-ghirlanda-et-ouellet-pensent-comme-la-fraternite-saint-pie‑x/
- 3Mateo 12, 25.
LAPORTELATINE/ACTUALITÉS.

