El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los Estados miembros de la UE están obligados a modificar los datos de género en los documentos de identidad de los ciudadanos que hayan cambiado de género.
Los documentos de las personas transgénero que viven en la Unión Europea deben reflejar su «género con el que se identifican» y no su sexo biológico, según declaró el jueves el organismo con sede en Luxemburgo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció sobre un caso de 2017 que le fue remitido por el Tribunal de Casación búlgaro. El tribunal buscaba esclarecer si el país estaba obligado a modificar el certificado de nacimiento de un hombre búlgaro que, tras trasladarse a Italia, se había sometido a terapia hormonal para vivir como mujer.
Las autoridades de Sofía habían rechazado previamente la solicitud, alegando que la ley búlgara interpreta el término «sexo» en un sentido estrictamente biológico.
Los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han concluido que la negativa de un Estado a actualizar el documento de identidad de un ciudadano transgénero, después de que este haya ejercido su derecho a residir en otro país de la UE, puede obstaculizar la libertad de circulación y vulnerar el derecho a la privacidad.
La Carta de los Derechos Fundamentales del Eurobloque «protege la identidad de género y obliga a los Estados miembros a proporcionar procedimientos claros, accesibles y eficaces para su reconocimiento jurídico», afirma la sentencia.
«La legislación de un Estado miembro que no permite la modificación de los datos relativos al género de uno de sus ciudadanos que ha ejercido el derecho a la libre circulación es contraria al Derecho de la UE», declaró el Tribunal.
La decisión fue bien recibida por los activistas LGBT. La abogada Denitsa Lyubenova, presidenta de la asociación Deystvie, declaró que «abre una puerta para nuestra comunidad, permitiéndonos citar esta misma sentencia y ampararnos en la legislación de la UE, pudiendo así viajar libremente dentro de la Unión».
La organización de derechos humanos ILGA-Europa pidió a la Comisión Europea que utilizara la sentencia para emprender acciones contra Hungría y Eslovaquia, países que también reconocen solo dos géneros: masculino y femenino.
Tal y como informa Renovatio 21 , hace cuatro meses el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que Polonia está obligada a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros Estados miembros , incluso si dichas uniones están prohibidas por la legislación nacional.
Polonia se encuentra entre los cinco estados de la UE que no reconocen legalmente las relaciones entre personas del mismo sexo, junto con Bulgaria, Lituania, Rumania y Eslovaquia. Mientras tanto, Kazajistán, otro país tras el Telón de Acero soviético, votó hace dos semanas a favor de prohibir la «propaganda LGBT «.
El año pasado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que Rumanía debía aceptar la nueva identidad de género de una mujer que había «transicionado» y ahora se considera a sí misma un hombre.
BRUSELAS, BÉLGICA.
SÁBADPO 14 DE MARZO DE 2026.
RENOVATIO.

