El Gobierno, obligado a anular la multa a un ciudadano que iba a misa durante el estado de alarma

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Durante la pandemia y en pleno estado de alarma aunque las iglesias no tenían la obligación de cerrar ni se impedía legalmente la celebración de la misa la Policía llegó a interrumpir el culto e incluso a multar a personas que se dirigían a la celebración eucarística.

Sin embargo, ante el recurso presentado por Abogados Cristianos, la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid ha archivado la primera de las sanciones que impuso a un particular por ir a misa durante la pandemia.

La sanción se produjo el pasado 17 de abril en la localidad madrileña de Parla, cuando un particular fue identificado por la Policía Nacional cuando acudía a su parroquia para asistir a misa.

Sin competencias para limitar derechos fundamentales

La Asociación Española de Abogados Cristianos recurrió la sanción en su nombre al entender que ninguna administración tiene competencias para limitar un derecho fundamental como es el derecho a la libertad religiosa.

Su presidente, Polonia Castellanos, asegura que “con este archivo, el gobierno está reconociendo que las administraciones no están legitimadas para ello”.

Durante la pandemia y en pleno estado de alarma aunque las iglesias no tenían la obligación de cerrar ni se impedía legalmente la celebración de la misa la Policía llegó a interrumpir el culto e incluso a multar a personas que se dirigían a la celebración eucarística.

Sin embargo, ante el recurso presentado por Abogados Cristianos, la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid ha archivado la primera de las sanciones que impuso a un particular por ir a misa durante la pandemia.

La sanción se produjo el pasado 17 de abril en la localidad madrileña de Parla, cuando un particular fue identificado por la Policía Nacional cuando acudía a su parroquia para asistir a misa.

Sin competencias para limitar derechos fundamentales

La Asociación Española de Abogados Cristianos recurrió la sanción en su nombre al entender que ninguna administración tiene competencias para limitar un derecho fundamental como es el derecho a la libertad religiosa.

Su presidente, Polonia Castellanos, asegura que “con este archivo, el gobierno está reconociendo que las administraciones no están legitimadas para ello”.

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