Diputado Guízar Valladares exhorta a la SCJN: respeten el Derecho Humano a la Vida!

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El Diputado Local Gonzalo Guízar Valladares, del PES, Integrante de la LXV Legislatura del H. Congreso del Estado de Veracruz presentó el día de hoy en sesión, un punto de acuerdo en el que se exhorta a los integrantes de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a garantizar plenamente el Derecho Humano a la Vida.

En su exhortación, el diputado -que ha destacado en la defensa de la Familia, la Vida Humana y las Libertades en la entidad veracruzana-, refirió que “a esas personas que toman como bandera las libertades de la mujer nos gustaría explicarles que existen reglas de interés general que no podemos dejar de observar, en especial las normas jurídicas de competencia para legislar sobre ciertos temas”.

Como se advierte de la sentencia que motivó el recurso de revisión y que fue emitida por un Juez de Distrito, se sostuvo que el dictamen de improcedencia de la iniciativa de la reforma emitida por el Congreso del Estado de Veracruz, al tener como consecuencia el no ejercicio de la facultad de legislar, actualizó una supuesta omisión legislativa en relación con los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para el Estado de Veracruz.

Sin embargo, el ministro ponente pasa por alto diversos criterios de nuestro máximo tribunal, que ponen en evidencia el cómo está estructurado nuestro sistema nacional de impartición de justicia. Así, podemos encontrar que ya la máxima autoridad judicial ha sostenido la improcedencia del Juicio de Amparo en materia de omisión legislativa.

Guízar Valladares, continúa en su exhorto:

Señores Ministros de la Suprema Corte, hasta ahora no existe ningún mandato constitucional que obligue a esta legislatura a despenalizar el aborto;” “sus interpretaciones producto de su activísimo judicial, rompen con el sistema de control constitucional y sobre todo, legitiman argumentos e interpretaciones excesivas de los derechos humanos, producto de una ideología no acorde con nuestra función en sociedad.

Debemos salvaguardar los derechos del más débil, en especial del no nacido.

No podemos pasar por alto la necesidad de exigir el respeto a la libertad de configuración legislativa que tiene el Estado de Veracruz, en especial su Congreso; como incluso lo reconoce el propio tribunal supremo en la jurisprudencia de rubro «LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA DE LOS CONGRESOS ESTATALES. ESTÁ LIMITADA POR LOS MANDATOS CONSTITUCIONALES Y LOS DERECHOS HUMANOS».

En una abundante argumentación el legislador concluye: Como punto de acuerdo, “exhórtese a los integrantes de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a garantizar plenamente el derecho humano a la vida”. En concordancia con lo anterior, sobresea el Juicio de Amparo en revisión identificado como 639/2019 de la Primera Sala del máximo tribunal.

 

Este hecho se ha replicado en diversos Congresos Locales del país. Es el caso de la Dip. Elsa Adané Méndez Álvarez, del PES, integrante de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Querétaro quien se ha destacado en una inquebrantable posición a favor de la educación proporcionada por los padres, los valores de familia y la Vida Humana.

Es el caso también, del Dip. Juan Carlos Leal Segovia de la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León quién el día de ayer presentó como punto de acuerdo otro exhorto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Concluyen que la posición del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá,  prescinde del test de proporcionalidad, tan necesario y básico, para la suficiencia ante las aparentes restricciones de derechos normativos; violenta los principios de reserva de ley y de legalidad, toda vez que le da a la Suprema Corte, indebidamente, facultades para determinar que el aborto corresponde a un servicio de salud; viola el principio de proporcionalidad, de división de poderes, de libre configuración de los Estados; hace una injerencia excesiva contra la autonomía de un Congreso Local; establece restricción indebidamente de los derechos constitucionales y enmarcados del poder legislativo y viola el principio de legalidad.

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