Desmienten y acusan al director del periódico oficial del Vaticano, los abogados del cardenal Becciu

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Los abogados del cardenal Angelo Becciu, desmienten y acusan al director del periódico oficial del Vaticano, Andrea Tornielli, ya que al publicar un artículo sobre el procesom «el resumen ofrecido en el artículo parece estar distorsionando la realidad del juicio, en un intento por reducir y casi «normalizar» las múltiples violaciones procesales sobre las que intervino la Corte, sancionándolas para asegurar el riguroso respeto a los derechos de defensa. «

«Hasta la fecha, las crónicas del Proceso, resumidas en el artículo firmado por Andrea Tornielli (« Una prueba sin precedentes «, publicada el pasado 20 de diciembre), parecen pagar una falta de correspondencia con la realidad del juicio, que merece ser rectificada de acuerdo con la noticia y la verdad que su periódico plantea como un presupuesto infalible de información veraz y fiel.

En aras de la verdad, es bueno subrayar cómo las órdenes emitidas por el Tribunal en el proceso rechazaron algunas elecciones del Promotor consideradas violatorias de los derechos de defensa del imputado.Desde el 27 de julio, transcurridos seis meses desde el inicio del juicio, los imputados continúan a la espera de recibir la totalidad de los documentos de instrucción, que la Fiscalía debió haber archivado al inicio del juicio, a fin de permitir el ejercicio de la diligencia. derecho de defensa efectivo, que hasta la fecha no está plenamente garantizado.
Tanto ha resultado en la nulidad de la citación por numerosos cargos, respecto de los cuales la Corte dictaminó que no se respetaron los niveles mínimos de garantías defensivas.

No se trata de garantías formales, sino de respeto al derecho de defensa que los abogados hemos puesto en base a las cuestiones planteadas, aceptadas por la Corte con las resoluciones de 27 de julio y 6 de octubre.

Incluso la solicitud de la defensa de disponer de los interrogatorios audio-video inicialmente no archivados, aceptada por la Corte, se cumplió solo parcialmente, debido a la incompletitud de los materiales depositados por la Fiscalía, a los que se le colocaron omisiones, las cuales surgieron solo en el curso del caso. Esta incompletitud fue censurada por la defensa y la Corte también deberá pronunciarse al respecto.
Por último, señalamos cómo las «dimensiones» de la investigación, el uso de la prueba computarizada, en verdad ahora ordinaria en situaciones profesionales, no afectan el respeto de las garantías defensivas, cuya violación de hecho fue censurada por la Corte. Se trataba de lesiones fundamentales a los derechos de los imputados, presuntos inocentes, de ningún modo excusables de la amplitud de la investigación ni de la antigüedad del código vigente, dentro del cual existen, y ciertamente no desde hoy, las garantías fundamentales cuya vulneración se comprobado, de manera pacífica, por el Tribunal con las referidas ordenanzas.

Por tanto, el resumen ofrecido en el artículo parece distorsionar la realidad del juicio, en un intento por reducir y casi «normalizar» las múltiples violaciones procesales sobre las que intervino la Corte, sancionándolas para asegurar el riguroso respeto a los derechos de defensa. Y si a la fecha sólo hay un juicio «mutilado» -incluso un retroceso con respecto a la situación inicial- el motivo se encuentra precisamente en los rechazos impuestos por la Corte a las violaciones a los derechos de defensa en las que la Oficina de ha incurrido el Promotor de Justicia., de tal manera que prejuzga – junto con la adopción de un procedimiento penal de excepción sólo para este caso, sobre el cual no se dice una palabra en el artículo – cualquier perspectiva de celebración de un «juicio justo» dirigido en la completa constatación de los hechos,

 

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