* Para el director de la Sociedad Alemana de Mariología, el título de «Corredentora» no da lugar a malentendidos sobre la singular mediación de Cristo en la salvación. De ser así, deberían considerarse los escritos de Newman y Juan Pablo II.
Solicitamos la opinión del Padre Manfred Hauke, Profesor de Dogmática en la Facultad de Teología de Lugano, miembro de la Pontificia Academia Mariana Internacional y director de la Sociedad Alemana de Mariología, sobre algunos puntos críticos de la Nota Doctrinal Mater Populi Fidelis .
PREGUNTA: La principal preocupación de la Nota parece ser que ciertos títulos marianos, como Corredentora y Mediadora de Todas las Gracias, oscurecen la singularidad de la mediación salvífica de Cristo. En su opinión, ¿existe realmente este riesgo?
RESPUESTA:
En mi opinión, este riesgo no existe en un contexto catequético y teológico sano.
¿Quién podría acusar,
por ejemplo,
a San Juan Pablo II,
quien utilizó los dos títulos mencionados
en varias ocasiones,
de ser «parcial»?
La propia Nota misma recuerda que san Juan Pablo II utilizó el título de «Corredentora» «al menos en siete ocasiones» (n.º 18).
¿Acaso el cardenal John Henry Newman,
declarado Doctor por el papa León XIV
el pasado 1 de noviembre,
debería ser despojado de su título
de «Doctor de la Iglesia»
por haber defendido el título de
«Corredentora
frente al anglicano Edward Pusey?
¿O deberíamos intervenir contra los escritos de san Alfonso María de Ligorio, también Doctor de la Iglesia?
¿Deberíamos oponernos a numerosos santos, entre ellos santa Edith Stein y santa Teresa de Calcuta?
Los títulos marianos de «segunda Eva», «madre de la vida» y «Madre de Dios», según Newman, son mucho más poderosos que el título criticado (Carta a Pusey).
¿O acaso deberíamos culpar
al papa León XIII,
elogiado por el Sumo Pontífice reinante
al haber elegido
su propio nombre pontificio,
por conceder una indulgencia
a una oración
con el título mariano (en italiano)
«Corredentora del Mundo»
(Acta Sanctæ Sedis 18, 93)?
Es más probable que surjan malentendidos en el mundo protestante, que niega la cooperación del hombre en la salvación con el principio de sola gratia .
Por esta razón, la Comisión Teológica del Vaticano II omitió «ciertas expresiones y términos utilizados por los Sumos Pontífices que, si bien son muy ciertos, podrían resultar difíciles para los hermanos separados (en este caso, los protestantes). Entre otros términos… “Corredentor del género humano”» ( Acta synodalia , I, 99).
¿Es justo sacrificar una expresión
que en sí misma es «muy cierta»,
solo por razones ecuménicas?
En cualquier caso, para los protestantes, no solo existe el problema del término, sino también el de la doctrina enseñada por el Vaticano II sobre la singular cooperación de María en la redención.
Un falso ecumenismo
puede dañar la doctrina católica,
que debe profesarse
en toda su riqueza.
Si la Iglesia eliminara
todas las expresiones
que desagradan a los protestantes,
también tendría que eliminar
el título de Madre de Dios (Theotokos).
mencionado en la Nota (notas 9, 11, 15).
Aquí también, se podría señalar la posible interpretación errónea de dicho título entre quienes no han recibido una catequesis adecuada.
PREGUNTA: Hoy en día, casi todos los periódicos, incluso los católicos, publican titulares que afirman que María no es corredentora. Resulta sorprendente leer que un título como el de Corredentora, que de hecho forma parte del vocabulario teológico y de la enseñanza papal, sea declarado repentinamente por la Nota como «inapropiado» e «inadecuado».
RESPUESTA:
El título «Corredentora»
es la expresión más breve
para expresar
la singular cooperación de María
en la redención.
Se evita la interpretación errónea de que María se colocaría al mismo nivel que Jesús al especificar que su cooperación depende totalmente de Cristo y está subordinada a Él.
Prohibir un título breve que expresa una verdad central enseñada con gran claridad por el Concilio Vaticano II, sería bastante difícil.

Consideremos, sin embargo, la aclaración del Cardenal Fernández en la presentación inicial: «No se trata de corregir la piedad del pueblo fiel de Dios…».
Entre los creyentes, están muy extendidas las expresiones «Corredentora del género humano» (por ejemplo, en los Llamamientos del mensaje de Fátima de la Sierva de Dios, Sor Lucía) y aún más «Mediadora de todas las gracias»; esta última invocación retoma el título de la fiesta litúrgica introducida por el Papa Benedicto XV en 1921 y que incluso ha sido utilizada por los Papas Benedicto XVI (Carta del 10 de enero de 2013 al Arzobispo Sigismondo Zimowski) y Francisco:
«Uno de los antiguos títulos con los que los cristianos han invocado a la Virgen María es precisamente “Mediadora de todas las gracias”. Encomiéndale tus aspiraciones y las buenas intenciones que tanto aprecias; «Que ella os contagie la alegría de seguir a Cristo y servirle con humildad y docilidad en la Iglesia…» (Mensaje al Arzobispo Gian Franco Saba de Sassari, Cerdeña, 13 de mayo de 2023).
´REGUNTA: En su opinión, ¿pretendía la Nota rechazar únicamente el título de Corredentora o también aspectos importantes de la singular cooperación de María en la obra de la Redención?
RESPUESTA:
A pesar de las observaciones críticas sobre ambos títulos, la Nota recoge la doctrina del magisterio conciliar y papal (nn. 4-15), especialmente en lo que respecta a la «singular cooperación de María en el plan de salvación» (n. 3; véase también nn. 36 y ss. y 42). El documento cita además el texto más claro sobre este punto: la catequesis mariana de san Juan Pablo II del 9 de abril de 1997, que distingue la participación de María en la redención objetiva realizada por Cristo en la tierra de nuestra cooperación en el proceso salvífico (nn. 3, 37b).
PREGUNTA: San Pío X ( Ad diem illum ) enseñó que la Santísima Virgen, en virtud de su singular santidad y su asociación con la obra de la Redención, «obtiene para nosotros por mérito de conveniencia ( de congruo)), como se dice, lo que Cristo nos ha procurado mediante el mérito de la justicia ( de condigno ). En la Nota parece haber una ralentización en este sentido, si no una inversión, cuando se afirma que «solo los méritos de Jesucristo […] se aplican en nuestra justificación» (n. 47). ¿Qué opina al respecto?
RESPUESTA:
No se cita la importante distinción de Pío X, pero parece haber una referencia —desafortunadamente casi implícita— a la distinción entre el mérito de condigno de Cristo y el de congruo de María (nn. 47 y ss.).
Para hablar de una extensión universal de la mediación maternal de María en Cristo, es esencial hacer referencia a este tipo de mérito.
PREGUNTA: En los párrafos finales de la Nota, se retoma un tema muy debatido: que María Santísima, según las palabras del Papa Francisco, «es más discípula que madre» (n. 73). ¿Qué verdad hay en esta expresión y cuáles son sus dificultades?
RESPUESTA:
Según san Agustín, María concibió primero al Verbo de Dios en su corazón y luego en su vientre ( Sermón 215, 4).
Por otro lado, no es posible separar su condición de discípula de su condición de Madre de Dios, así como de «Madre de los fieles».
La dignidad específica de María proviene precisamente de su misión como Madre de Dios, quien dio a luz la naturaleza humana del Salvador.
En ello reside también el fundamento de toda su cooperación salvífica.

Por LUISELLA SCROSATI.
VIERNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
LANUOBQ.

