Ciudadanos de segunda

Guillermo Gazanini Espinoza
Guillermo Gazanini Espinoza

Ciudadanos de segunda

El proceso y jornada electorales han traído no pocas controversias, entre ellas la participación y opiniones políticas de clérigos y ministros de culto de asociaciones religiosas, particularmente en la Iglesia católica, que han emprendido recomendaciones a sus fieles para votar responsablemente bajo el criterio del “mal menor”, un criterio moral y de ponderación que, en el pensamiento cristiano, primeramente desarrolló san Agustín en su controversia contra los de la secta de Prisciliano y más desarrollada por el doctor de Aquino, principio que es aplicado en nuestros tiempos, principalmente en momentos electorales delicados.

En 1974, la Congregación para la Doctrina de la Fe afirmó que el cristiano “a veces debe tolerar lo que en definitiva es un mal menor para evitar un mal mayor”. Esto se ha aplicado en momentos electorales cuando es difícil el discernimiento entre candidatos que no representan completamente las convicciones de conciencia e ideológicas especialmente de los cristianos. A esto, se suman las opiniones de obispos quienes, a través de su magisterio, pretenden ayudar al discernimiento de los electores cristianos. Un ejemplo de esos fueron los criterios acerca del mal menor que el arzobispado de Durango dio el 6 de julio de 2013, previo a los comicios locales que renovó 39 ayuntamientos y el Congreso estatal.

En este proceso electoral 2023-2024, ante las opciones reales de voto entre dos mujeres, las opiniones de la Iglesia marcaron fuertes tendencias. Quizá, como en ninguna otra elección federal, los obispos tuvieron una fuerte presencia en medios a través de mensajes pastorales animando a votar con responsabilidad y viendo por el futuro ante las actuales circunstancias. El reconocimiento de los obispos fue evidente: Intensificar el llamado a votar e invitar cada feligrés a dar un voto bien ponderado y sin miedo. No fueron pocas las iniciativas de oración por la paz y por el proceso electoral como fueron las veladas de oración de la diócesis de Cuernavaca o bien, desde los organismos oficiales de la Conferencia del Episcopado Mexicano, a través de redes sociales para echar mano de un medio que otros no tienen, oración perseverante.

No obstante lo anterior, vivimos en un estado de derecho que considera a los ministros de culto como ciudadanos de segunda. En 1992, las reformas en materia de relaciones del Estado y las iglesias abrió la posibilidad de ser votados, pero limitando sus derechos de opinión. El artículo 130 inciso e) establece estas prohibiciones: e) Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios.

Para nadie es desconocido que, en pequeñas comunidades o en redes sociales, sacerdotes y obispos han llamado enérgicamente a rechazar cualquier intento de coacción de voto o, peor aún, a usar el sufragio para perpetuar un deplorable estado de cosas advirtiendo de la violencia y de ganar el oficialismo, cargar a México hacia un régimen de opresión y de supresión de las libertades.

Esto ha servido para que los recalcitrantes y apolillados decimonónicos que se dicen liberales ataquen de forma virulenta a tales actores amagándolos con castigos de risa, incluso cárcel, por opinar políticamente. Sin embargo, la Iglesia católica ha demostrado que en un estado de derecho todos podemos opinar sin exclusión y bajo las limitantes del respeto a terceros. Tales limitaciones llevaron al Episcopado Mexicano a la publicación de los Lineamientos para la prevención de sanciones administrativas y/o penales para ministros de culto y asociaciones religiosas en materia electoral de 2023, actualizando así otro documento llamado el ”ABC de los ministros del culto religioso en los procesos electorales” publicado en marzo de 2009 por la Comisión Episcopal para la Pastoral Social, Dimensión Fe y Política. Ambos documentos son un vademécum que expone las limitaciones legales y constitucionales a través de la formulación de casos prácticos que prevengan a los ministros de culto de cualquier infracción electoral

Esto lleva a un profundo examen de la actual legislación eclesiástica y sus reformas. Incluso vislumbrar una reforma seria al marco de las relaciones Estado-iglesias. Pablo Gómez Álvarez, hoy titular de la Unidad de Inteligencia Financiera en el gobierno de López Obrador, entonces senador de la República en la LXI Legislatura por el Partido de la Revolución Democrática, presentó una iniciativa para derogar tal inciso del artículo 130 considerando que tal disposición “es ya un gesto grotesco que no ayuda a plantear el problema verdadero: la no aceptación por parte del alto clero católico del criterio democrático. No será una ley discriminatoria, antidemocrática y violatoria de derechos la que resuelva este asunto, sino el desarrollo de una sociedad democrática que sea capaz de reafirmar a cada paso los principios del Estado laico”.

Efectivamente, no se puede seguir tratando a los ministros de culto como parias de de segunda. En el marco de los derechos humanos, mismo que tutela la Constitución, caer en estos puritanismos decimonónicos resulta tan deplorable como ha sido esa discriminación de los derechos a grupos o sectores sociales marginados por siglos. Y en esta esquizofrenia, los candidatos buscan a los padrecitos para tener su bendición, pero los amagan con todo el peso de la ley por su opinión. Actualizar legislación eclesiástica, a 32 años de su publicación, merece una revisión profunda acorde a tiempos que ya no son los de 1857 o 1917. Tener altura de miras y reconocer que sí, hoy México tiene ciudadanos a quienes se les impone una mordaza ridícula y anacrónica. Esto es un reto inaplazable para el próximo gobierno para garantizar la paz y libertad a todos y no para hacerlo exclusiva de pocos.

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