Absueltas, polacas que ofendieron a la Virgen María y fueron apoyadas por jesuita.

ACN
ACN

El periódico polaco Gazeta Wyborcza informó que el juez concluyó que los activistas no pretendían ofender la sensibilidad religiosa ni insultar la venerada imagen de la Virgen María. El juez añadió que sus acciones tenían como único objetivo proteger a las personas que sufren discriminación.

Durante la primera vista, celebrada en enero, una multitud de personas, en su mayoría jóvenes, se reunió fuera de la sala, coreando lemas como «Una Polonia laica, no católica» y «El arco iris no ofende».

Los medios de comunicación locales dijeron que en un momento dado los cánticos eran tan fuertes que era difícil que la audiencia siguiera adelante. Tras las declaraciones de los primeros testigos, el juicio fue aplazado.

El incidente juzgado tuvo lugar en abril de 2019, cuando las tres mujeres colocaron carteles y pegatinas de la Virgen Negra de Częstochowa con halos de arco iris sobre María y el Niño Jesús en lugares de los alrededores de Płock.

Las activistas dijeron que pegaron las imágenes en las paredes y en los alrededores de la iglesia de Santo Domingo de la ciudad en respuesta a unos carteles dentro de la iglesia que enumeraban «LGBT» y «género» -el término polaco para la ideología de género- como pecados.

Elżbieta Podleśna, psicoterapeuta y activista, declaró ante el tribunal el 13 de enero que consideraba la exhibición como «homofóbica» y creía que podía fomentar la estigmatización de «las personas de orientación sexual e identidad de género no heteronormativas»

El artículo 196 del código penal de Polonia indica que «quien ofenda los sentimientos religiosos de otras personas insultando públicamente un objeto de culto religioso, o un lugar designado para ceremonias religiosas públicas, podrá pagar una multa, ver limitada su libertad o ser privado de ella por un periodo de hasta dos años».

Karolina Pawłowska, directora del Centro de Derecho Internacional Ordo Iuris de Varsovia, dijo a CNA en enero que confiaba en que el juicio tuviera una base sólida en la legislación polaca.

«La imagen que es objeto de este caso -que representa a la Madre de Dios y al Niño Jesús con los halos sustituidos por colores que se asocian comúnmente con los movimientos LGBT- creo que es uno de los casos que cumple todas las premisas de la profanación, que está definida en el código penal polaco en el artículo 196», dijo.

Pawłowska señaló que la imagen de la «Virgen del Arco Iris» se exhibió recientemente durante las protestas masivas después de que el Tribunal Constitucional del país dictaminara que una ley que permitía el aborto por anomalías fetales era inconstitucional.

«Ahora mismo en Polonia, podemos ver que esta imagen es bastante popular, especialmente entre, por ejemplo, los manifestantes que la utilizaron durante las protestas contra la sentencia del tribunal constitucional polaco que prohibía el aborto eugenésico», dijo.

«Y creo que esta imagen es muy, muy ofensiva para mucha, mucha gente. Y por eso no debería promoverse».

Onet.pl citó a Podleśna diciendo que era probable que la fiscalía recurriera el veredicto.

Las mujeres hoy absueltas recibieron el apoyo del jesuita James Martin, líder del lobby LGBTI dentro de la Iglesia.

 

CNA/Infocatólica.

Comparte:
By ACN
Follow:
La nueva forma de informar lo que acontece en la Iglesia Católica en México y el mundo.