* Desde la publicación del Documento «Fiducia supplicans» el pasado 18 de diciembre, multitud de conferencias episcopales, obispos, sacerdotes y cardenales han mostrado su profundo malestar e incomprensión con dicho documento, que permite las «bendiciones pastorales» a parejas del mismo sexo y otras parejas en situación irregular.
* Dice que son «gestos».
Desde el 18 de diciembre, día en que se publicó la declaración, la confusión y división dentro de la Iglesia no ha hecho más que crecer. Mientras unos tachaban la declaración como insuficiente, otros no daban crédito a que el Santo Padre firmase tal documento.
A pesar de que el cardenal Víctor Manuel Fernández se afanaba los días posteriores en explicar que la doctrina no cambiaba o que se bendice a la pareja y no a la unión y en repetir machaconamente que se trataba de un documento «claro», lo cierto es que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe se ha visto obligado a sacar tres semanas más tarde una nota aclaratoria sobre este confuso documento. Si tan claro era, ¿a qué se debe la disparidad de interpretaciones? ¿A qué se debe entonces esta nota aclaratoria?
El cardenal Víctor Manuel Fernández reitera en este escrito que «la Declaración contiene la propuesta de breves y «simples bendiciones pastorales» (no litúrgicas ni ritualizadas) a parejas irregulares, que según él son bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en que se encuentran esas personas».
El purpurado argentino insiste en que «en algunos lugares será necesaria una catequesis que ayude a entender que este tipo de bendiciones no son una ratificación de la vida que llevan quienes la solicitan».
También insiste en que «tampoco son una absolución, porque estos gestos están lejos de ser un sacramento o un rito. Son simples expresiones de cercanía pastoral que no tienen las mismas exigencias de un sacramento ni de un rito formal», por lo que según él,
Pero al insistir, incluso habla de que «tendremos que acomtumbrarnos» a ellos. Dice: «Tendremos que acostumbrarnos a aceptar que si un sacerdote da este tipo de sencillas bendiciones no es un hereje, no está ratificando nada ni está negando la doctrina católica».
Les ofrecemos la declaración completa publicada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe:
Aquí encontrará el texto completo del comunicado de prensa que el Vaticano emitió este jueves sobre la declaración de bendición para las parejas irregulares del Dicasterio de la Fe.
Dicasterio para la Doctrina de la Fe – Comunicado de prensa sobre la recepción de la declaración Fiducia supplicans
Emitimos este comunicado de prensa para ayudar a aclarar la adopción de la declaración de Fiducia supplicans, al tiempo que recomendamos una lectura completa y cuidadosa de esta declaración para comprender mejor el significado de su recomendación de acción.
1. Enseñanza
Las comprensibles respuestas de algunas conferencias episcopales a la declaración subrayan la necesidad de un período más largo de reflexión pastoral. Lo expresado por estas conferencias episcopales no puede interpretarse como oposición doctrinal, porque el documento es claro y se expresa de manera clásica sobre el matrimonio y la sexualidad. La declaración Fiducia supplicans contiene varias formulaciones contundentes que no dejan lugar a dudas al respecto:
Esta “Declaración sigue firmemente comprometida con la enseñanza tradicional de la Iglesia sobre el matrimonio y no permite ningún tipo de rito litúrgico o bendiciones similares que puedan causar confusión”. Se trata de actuar frente a las parejas en relaciones irregulares “sin convalidar oficialmente su estatus ni alterar en modo alguno la constante enseñanza de la Iglesia sobre el matrimonio” (presentación).
«Por tanto, son inadmisibles los ritos y oraciones que puedan causar confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, es decir, la ‘unión exclusiva, permanente e indisoluble entre un hombre y una mujer, naturalmente abierta a la procreación de los hijos’, y todo lo que contradiga esto. Esta creencia se basa en la perdurable enseñanza católica sobre el matrimonio. Sólo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su significado natural, apropiado y plenamente humano. La enseñanza de la Iglesia permanece inalterada sobre este punto” (4).
“Este es también el significado de la respuesta de la antigua Congregación para la Doctrina de la Fe, que afirma que la Iglesia no está autorizada a bendecir las uniones entre personas del mismo sexo” (5).
“Dado que la Iglesia siempre ha considerado como moralmente permisibles sólo aquellas relaciones sexuales que se viven dentro del matrimonio, no está autorizada a dar su bendición litúrgica si de algún modo se trata de una unión que disfrazada de matrimonio o de práctica sexual extramatrimonial, pudiera conferir una forma de legitimidad moral” (11).
Por lo tanto, la Declaración no proporciona un marco para distanciarse doctrinalmente de ella o considerarla herética, contraria a la tradición de la Iglesia o blasfema.
2. Recepción en la práctica
Sin embargo, algunos obispos se han pronunciado especialmente sobre un aspecto práctico: las posibles bendiciones para las parejas en relaciones irregulares. El comunicado propone una bendición breve en el sentido de aceptación pastoral (ni litúrgica ni ritual) de parejas en situación irregular (no uniones), enfatizando que se trata de bendiciones fuera de formas litúrgicas que reflejan la situación en la que se encuentran las personas que no aprueban ni justifican. .
Los documentos del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, según Fiducia supplicans, pueden, desde un punto de vista práctico, requerir más o menos tiempo para su aplicación, dependiendo de las condiciones locales y del criterio del respectivo obispo diocesano en su diócesis. En algunos lugares nada impide una aplicación inmediata, mientras que en otros parece necesario no renovar nada y tomarse todo el tiempo necesario para leer e interpretar la Declaración.
Por ejemplo, algunos obispos han decidido que todo sacerdote debe emprender un proceso de discernimiento y que sólo puede realizar estas bendiciones en privado. Todo esto no presenta dificultad si se expresa con el debido respeto a un texto firmado y aprobado por el Papa, que pretende tener en cuenta de alguna manera las consideraciones contenidas en él.
Cada obispo local, en virtud de su oficio, tiene siempre la autoridad de tomar decisiones sobre el terreno, es decir, en el lugar específico que conoce mejor que los demás porque es su rebaño que le ha sido confiado. La prudencia y la atención al contexto eclesial y a la cultura local pueden permitir diferentes caminos de aplicación, pero no una negación total o definitiva de este camino presentado a los sacerdotes.
3. La difícil situación en algunos países
La situación de algunas conferencias episcopales debe entenderse en su propio contexto. En varios países existen fuertes dificultades culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales que van más allá del corto plazo.
Donde existen leyes que castigan el mero hecho de profesar ser homosexual con prisión y, en algunos casos, tortura e incluso la muerte, huelga decir que una bendición no sería apropiada. Está claro que los obispos no quieren someter a la violencia a los homosexuales. Sigue siendo importante que estas conferencias episcopales no defiendan ninguna enseñanza distinta a la declaración firmada por el Papa, ya que ésta es la enseñanza de todos los tiempos, sino que consideren la necesidad de un mayor estudio y un mayor discernimiento en tal contexto para actuar con sabiduría pastoral.
De hecho, hay bastantes países que condenan, prohíben y criminalizan la homosexualidad en diversos grados. En estos casos, más allá de la cuestión de las bendiciones, surge una tarea pastoral grande y de largo alcance, que incluye la formación, la defensa de la dignidad humana, la enseñanza de la doctrina social de la Iglesia y diversas estrategias que no permiten apresuramientos.
4. ¿Qué hay realmente de nuevo en el documento?
La verdadera novedad de esta declaración, que exige un esfuerzo generoso para aceptarla y de la que nadie debe excluirse, no es la posibilidad de bendecir a las parejas en relaciones irregulares. Es una invitación a distinguir entre dos formas diferentes de bendición, a saber, la “litúrgica o ritual” y la más “espontánea o pastoralmente motivada”. La presentación de la Declaración explica claramente que el verdadero significado del documento es “ofrecer una contribución específica e innovadora al significado pastoral de las bendiciones que, en estrecha conexión con una perspectiva litúrgica, permita ampliar la comprensión clásica de las bendiciones”. y enriquecer. Esta reflexión teológica, basada en la visión pastoral del Papa Francisco, implica un desarrollo real más allá de lo dicho sobre las bendiciones por el Magisterio y en los textos oficiales de la Iglesia”.
Esto ocurre en el contexto de la valoración positiva de la “pastoral popular” que aparece en muchos de los textos del Santo Padre. En este contexto, el Santo Padre invita a apreciar la fe sencilla del pueblo de Dios, que, incluso en medio de sus pecados, emerge de la inmanencia y abre su corazón para pedir la ayuda de Dios.
Por este motivo, más que en lo que respecta a la bendición de las parejas en relaciones irregulares, el texto del Dicasterio ha adquirido el perfil de una “declaración” que representa mucho más que un responsum o una carta. El tema central que nos invita a profundizar y enriquecer nuestra acción pastoral es la comprensión más integral de las bendiciones y la propuesta de realizarlas cada vez más con espíritu de pastoral, que no requieren las mismas condiciones que las bendiciones en un contexto litúrgico o ritual. . Más allá de las polémicas, el texto llama a una reflexión serena, con corazón de pastor, libre de cualquier ideología.
Aunque algunos obispos consideran prudente no conceder estas bendiciones por el momento, todos debemos crecer en la convicción de que las bendiciones no ritualizadas no son una consagración de la persona o pareja que las recibe y que no justifican todas sus acciones. y no representan ninguna confirmación de la vida que llevó. Cuando el Papa nos pidió desarrollar una comprensión más integral de la bendición pastoral, sugirió pensar en un modo de bendición que no requiera tantas condiciones para este simple gesto de cercanía pastoral, sino que sea un medio para fomentar la apertura a promover a Dios en medio de una variedad de circunstancias.
5. ¿Cómo son exactamente estas “bendiciones del cuidado pastoral”?
A diferencia de las bendiciones litúrgicas o rituales, las “bendiciones provenientes de la pastoral” deben ser ante todo muy breves (cf. n. 28). Son bendiciones que duran unos segundos, sin ritual y sin bendición. Cuando dos personas se acercan juntas a pedir una bendición, una simplemente pide al Señor paz, salud y otros bienes para aquellas dos personas que la piden. Al mismo tiempo, pedimos que vivan el Evangelio de Cristo en plena fidelidad y que el Espíritu Santo libere a estas dos personas de todo lo que no corresponde a su divina voluntad y de todo lo que necesita purificación.
Esta forma de bendición no ritualizada, en su simplicidad y brevedad, no pretende justificar lo que es moralmente inaceptable. Evidentemente esto no es un matrimonio, pero tampoco es una “aprobación” o ratificación de nada. Se trata simplemente de la respuesta de un pastor a la petición de dos personas de ayuda de Dios. Por eso en este caso el sacerdote no impone ninguna condición y no quiere saber nada de la vida íntima de estas personas.
Dado que algunos han planteado la cuestión de cómo sería tal bendición, veamos un ejemplo concreto: imaginemos que en medio de una gran peregrinación, una pareja divorciada con una nueva relación acude al sacerdote: “Por favor, danos una bendición, no encontramos trabajo, está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se está poniendo muy difícil: ¡Dios nos ayude!”.
En este caso, el sacerdote puede decir una oración sencilla como la siguiente: “Señor, mira a estos tus hijos, dales salud, trabajo, paz y ayuda mutua. Líbralos de todo lo que contradice tu evangelio y concédeles vivir según tu voluntad. Amén». Y concluye con la señal de la cruz sobre cada uno de ellos.
Es cuestión de 10 o 15 segundos. ¿Tiene sentido negar este tipo de bendición a estas dos personas que la piden? ¿No deberíamos apoyar su fe, ya sea en pequeña o gran medida, ayudar en sus debilidades con bendiciones divinas y brindarles una salida a esa apertura a la trascendencia que los lleve a ser más fieles al Evangelio?
Para evitar malentendidos, el comunicado añade que si la bendición es solicitada por una pareja en situación irregular “y esto se hace fuera de las formas prescritas por los libros litúrgicos, tal bendición nunca estará en conexión directa con una celebración civil, o de otra manera en cualquier relación con el mismo. Esto también se aplica a la vestimenta, los gestos y las palabras que expresan el matrimonio. Lo mismo se aplica si la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo” (39). Por lo tanto, está claro que no debe realizarse en un lugar importante del edificio de la iglesia o frente al altar, ya que esto también causaría confusión.
Por esta razón, todo obispo de su diócesis está autorizado por la declaración Fiducia supplicans a dar este tipo de bendición simple, acompañada de todas las recomendaciones de precaución y cuidado, pero de ninguna manera está autorizado a proponer o dar bendiciones que se asemejen a una celebración litúrgica. podría.
6. Catequesis
En algunos lugares la catequesis parece necesaria para dejar claro a todos que este tipo de bendición no constituye un respaldo al estilo de vida de quien la pide. Menos aún tal bendición significa absolución, porque estos actos de bendición están lejos de ser un sacramento o un rito. Son simples expresiones de cercanía pastoral que no tienen las mismas exigencias que un sacramento o un rito formal. Todos tendremos que acostumbrarnos a aceptar el hecho de que un sacerdote que da este tipo de bendiciones simples no es un hereje, no ratifica nada y no niega la enseñanza católica.
Podemos ayudar al pueblo de Dios a descubrir que este tipo de bendiciones son simplemente dispositivos pastorales que ayudan a las personas a manifestar su fe, incluso si son grandes pecadores. Entonces cuando bendecimos a dos personas que espontáneamente se juntan para pedir la bendición, no significa un acto de consagración ni que los estemos felicitando o aprobando este tipo de unión. Lo mismo sucede cuando bendecimos a las personas, porque quien pide la bendición -no la absolución- puede ser un gran pecador, pero no le negamos este gesto paternal en medio de su lucha por la supervivencia.
Cuando esto queda claro mediante una buena catequesis, podemos liberarnos del temor de que nuestras bendiciones expresen algo inadecuado. Podemos ser servidores más libres y quizás más fructíferos en una mayor proximidad con un servicio marcado por gestos paternos de cercanía pastoral y sin miedo a ser incomprendidos.
Pidamos al Señor recién nacido sus generosas y abundantes bendiciones para que todos vivamos un santo y feliz año 2024.
Víctor Manuel Cardenal FERNÁNDEZ
Prefecto
Mons. Armando MATTEO
Secretario de la Sección Doctrinal.
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024.
INFOVATICANA.