Hoy se ha publicado la declaración ‘Fiducia supplicans’ del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, aprobada por el Papa. En ella se declara que será posible bendecir parejas formadas por personas del mismo sexo y en situaciones «irregulares».
A pesar de que hace dos años, también aprobada por el Papa, la entonces Congregación y hoy Dicasterio decía sobre las bendiciones homosexuales:
En consecuencia, para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia solo aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios.
Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo. La presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de valorar, con todo no es capaz de justificarlas y hacerlas objeto lícito de una bendición eclesial, porque tales elementos se encuentran al servicio de una unión no ordenada al designio de Dios.
Hoy, sin embargo, el nuevo documento gira en torno a la justificación del punto 31:
31. En el horizonte aquí delineado se coloca la posibilidad de bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo, cuya forma no debe encontrar ninguna fijación ritual por parte de las autoridades eclesiásticas, para no producir confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio. En estos casos, se imparte una bendición que no sólo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo. Estas formas de bendición expresan una súplica a Dios para que conceda aquellas ayudas que provienen de los impulsos de su Espíritu – que la teología clásica llama “gracias actuales” – para que las relaciones humanas puedan madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades y expresarse en la dimensión siempre más grande del amor divino.
Se desconoce a qué se refiere a la salvedad de «o pretenden la legitimidad de su propio status», pues este tipo de objetivaciones dejan de tener sentido aplicando Amoris Laetitia del Papa Francisco.
Con el supuesto argumento «pastoral» se quiere dar a entender que no se está aprobando lo que se está aprobando.
En octubre se publicaron las repreguntas a los dubia que el Papa no quiso responder y de las que los cardenales en sus propias palabras dijeron «no han resuelto las dudas que planteamos, sino que, si acaso, las han profundizado» En este caso le plantearon al Santo Padre una nueva formulación que sigue sin respuesta:
Su Santidad ha insistido en que no puede haber confusión entre el matrimonio y otro tipo de uniones de naturaleza sexual y que, por tanto, debe evitarse cualquier rito o bendición sacramental de parejas del mismo sexo que pueda dar lugar a tal confusión. Nuestra preocupación, sin embargo, es otra: nos preocupa que la bendición de parejas del mismo sexo pueda crear confusión en cualquier caso, no sólo en el sentido de que pueda hacerlas parecer análogas al matrimonio, sino también en el sentido de que los actos homosexuales se presentarían prácticamente como un bien, o al menos como el posible bien que Dios pide a las personas en su camino hacia Él. Reformulemos, pues, nuestro «dubium»:
¿Es posible que en algunas circunstancias un pastor pueda bendecir uniones entre personas homosexuales, sugiriendo así que el comportamiento homosexual como tal no sería contrario a la ley de Dios y al camino de la persona hacia Dios?
Vinculada a esta «dubia» es necesario plantear otra:
¿sigue siendo válida la enseñanza sostenida por el magisterio ordinario universal, según la cual todo acto sexual fuera del matrimonio, y en particular los actos homosexuales, constituyen un pecado objetivamente grave contra la ley de Dios, independientemente de las circunstancias en las que tenga lugar y de la intención con la que se realice?
La duda permanece.
En octubre el obispo Munilla en su canal de Youtube «En tí confio», explicaba por qué la Iglesia no puede bendecir uniones homosexuales ni hoy ni nunca, en línea con la Revelación, la Tradición y el Magisterio antiguo o reciente, como puede ser
- Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales – Homosexualitatis problema, 1986
- Algunas consideraciones concernientes a la Respuesta a propuestas de ley sobre la no discriminación de las personas homosexuales, 1995
- Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales, 2003
O más específicamente lo que había aprobado el propio Papa Francisco, Responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe a un dubium sobre las bendiciones de las uniones de personas del mismo sexo, 2021
Todo giraba en torno al mismo principio, siempre se puede bendecir al pecador, no al pecado.
CIUDAD DEL VATICANO.
LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023.
INFOCATÓLICA.