* Los precedentes de este pontificado sugieren que las conclusiones del Sínodo se convertirán en Magisterio sin necesidad de la intervención del Papa con una Exhortación postsinodal.
* Otra señal de ruptura con la tradición.
Respecto al Sínodo sobre la sinodalidad que se inaugurará el 4 de octubre, es legítimo plantearnos una pregunta aparentemente extraña: ¿a este Sínodo le seguirá una exhortación apostólica postsinodal del Papa, o las conclusiones del Sínodo serán consideradas magisterio pleno, en sí mismos?
La pregunta no es ociosa y tiene que ver con el nuevo concepto de sinodalidad entendida como proceso y como toma de decisiones tras una escucha mutua, entendida ésta como una escucha de la voz del Espíritu Santo. Para comprender el problema, retrocedamos rápidamente al Sínodo sobre la Familia de 2014 y 2015 y a la Exhortación Amoris Laetitia .
Todos recordamos muy bien que en aquella exhortación Francisco no quiso decir nada diferente de lo afirmado por el Sínodo, especialmente en su documento final. En el apartado 5 leemos: «He considerado oportuno elaborar una Exhortación Apostólica postsinodal que recoja las aportaciones de los dos recientes Sínodos sobre la familia, combinando otras consideraciones que puedan orientar la reflexión, el diálogo y la práctica pastoral, y al mismo tiempo tiempo lleven valor, aliento y ayuda a las familias en sus compromisos y dificultades».
De este pasaje parece que el Papa simplemente quiso incorporar las conclusiones del sínodo, añadiendo algunos consejos pastorales y parenéticos. Es cierto que de este modo los hizo convertirse en enseñanza, pero parece aludir a una reducción de su papel, limitado a transponer y no a interpretar y desarrollar. Amoris Laetitia no se eleva mucho por encima de las conclusiones del Sínodo. Formalmente sigue siendo una exhortación apostólica postsinodal, pero materialmente se refiere a las conclusiones de los padres sinodales. En el Motu Proprio Episcopalis communiodel 15 de septiembre de 2018 sobre la nueva constitución de los sínodos, leemos de hecho que el Papa ya no puede escribir una Exhortación Apostólica postsinodal, sino simplemente confirmar las conclusiones del sínodo, que se convertirían automáticamente en magisterio.
La cuestión se complica si recordamos dos aspectos decididamente nuevos. El primero se refiere al hecho de que en el documento final del Sínodo sobre la familia el Papa quiso que hubiera dos artículos rechazados por la mayoría de la asamblea y, por tanto, formalmente rechazados y que, sin embargo, podrían considerarse magisterio. El segundo se refiere a lo ocurrido en el Sínodo sobre los jóvenes de 2018, donde incluso sucedió que el documento final decía que debía leerse a la luz del documento preparatorio, con el que este último también se convierte en magisterio.
Por estas razones, en uno de mis folletos sobre el Sínodo sobre la familia y sobre Amoris laetitia me preguntaba si ésta sería la última exhortación apostólica. En este debilitamiento magistral de los textos sinodales y de la propia Exhortación postsinodal, que contrasta con su interpretación dogmática generalizada como si toda la tradición tuviera que ser reinterpretada a su luz, surgió ya entonces la idea de sinodalidad como un proceso que produciría praxis y no doctrina. Por supuesto: prácticas que habrían requerido una nueva doctrina… pero con el tiempo y con el tiempo.
Recordemos también que en ninguna parte sobre Amoris laetitiase dice expresamente que pueden acceder a la Comunión las personas divorciadas y casadas nuevamente. Entonces los obispos de la región de Buenos Aires dijeron: hacemos esto, los admitimos a la Comunión. Es decir, implementaron una práctica, que el Papa confirmó con una carta que luego terminó en el Acta Apostolicae Sedis . Una práctica… ¿y la doctrina? El tiempo se encargará de ello…
Por tanto, nuestra pregunta inicial tiene un fundamento y toca un punto central en la evolución del sínodo a la sinodalidad.
El teólogo Giacomo Canobbio escribió en las dos principales revistas teológicas del norte de Italia, la de Milán y la de Padua, que, al pasar el sínodo de consultivo a deliberativo, será necesario tomar decisiones que sin duda requerirán el uso del voto democrático. Ya antes se votaban los artículos de los documentos sinodales, pero luego todo acabó en manos del Papa y nació una Exhortación Apostólica postsinodal. (Recuerdo entre paréntesis que Francisco también se benefició de este método, escribiendo Evangelii gaudium, Exhortación apostólica postsinodal relativa al Sínodo sobre la evangelización convocado por Benedicto XVI. Evangelii gaudium no tiene en cuenta los trabajos de ese sínodo dado que Francisco lo convirtió en el manifiesto de su pontificado, prueba de la centralidad de Pedro en los procesos sinodales al menos hasta entonces).
Ahora, sin embargo, la transición al Papa ya no podría existir, o podría ser sólo formal, de modo que el uso del método democrático afectaría directamente a cuestiones doctrinales, convirtiéndose inmediatamente en magisterio. Canobbio continúa su razonamiento añadiendo que, si después del Sínodo sobre la sinodalidad la última palabra fuera todavía la del Papa, entonces todo habría sido inútil y volveríamos al punto de partida, retrocediendo de la sinodalidad al sínodo.
Como podemos ver, la cuestión de si seguirá existiendo una Exhortación Apostólica postsinodal en el sentido tradicional del término es fundamental para establecer si la nueva sinodalidad rompe definitivamente con la tradición. Amoris laetitia constituye un precedente importante en este sentido y todo hace pensar que esto también sucederá esta vez, y más aún dada la nueva definición de la sinodalidad como proceso, que recuerda una práctica continuada no necesariamente guiada por la doctrina sino en sí misma (fáctica) fuente de doctrina.
Sabado 30 de septiembre de 2023.
Ciudad del Vaticano.
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