La conocida como Ley Trans, promovida por Irene Montero, ha sido aprobada este jueves en el Congreso, de forma definitiva, por 191 votos a favor, 60 en contra y 91 abstenciones. La norma ha provocado serias discrepancias entre los propios socios del Gobierno y también la oposición de una parte del movimiento feminista, aunque finalmente entrará en vigor en los próximos días tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El punto principal del texto es la posibilidad de cambiar de sexo en el registro sin la necesidad de informes médicos y psicológicos que lo avalen. Si el solicitante tiene más de 16 años, bastará su única voluntad. Si tiene entre 14 y 16, tendrá que estar asistido por sus padres o representantes legales, y si tiene entre 12 y 14, precisará además la autorización del juez. Por debajo de los 12 años, los niños podrán cambiar de nombre y ser tratados acorde a su identidad en los centros escolares pero aún no podrán cambiar jurídicamente su sexo.
«Defensor judicial»
No obstante, existen algunos matices. En el capítulo que regula la «aprobación judicial de la modificación de la mención registral del sexo de personas mayores de 12 años y menores de 14», se recoge que podrán promover el expediente «asistidos por sus representantes legales». No obstante, la ley deja un resquicio para que, si no tienen este consentimiento, los menores puedan conseguir el cambio. Así, «en el supuesto de desacuerdo de los progenitores o representante legal, entre sí o con la persona menor de edad» se procederá al nombramiento de un «defensor judicial». Ese «defensor judicial» ejercerá el cargo «en interés del menor» y «de acuerdo con su personalidad y con respeto a sus derechos», se recoge en el Código Civil.
El expediente, que será de tramitación preferente, se iniciará mediante solicitud en la que la persona legitimada «manifieste su disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento» y solicite autorización del juez para modificarlo.
A continuación, el juez citará a comparecer al menor y, «en su caso», a sus representantes legales, además de al Ministerio Fiscal. Podrá solicitar la práctica de las pruebas «que considere necesarias para acreditar la madurez necesaria del menor y la estabilidad de su voluntad de rectificar registralmente la mención a su sexo». En ningún caso, se advierte, «la concesión podrá estar condicionada a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la identidad sexual, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole».
El juez, se indica también, tendrá «en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor de edad». El interesado recibirá información «sobre las consecuencias jurídicas de la rectificación solicitada y toda la información complementaria que proceda, en un lenguaje claro, accesible y adaptado a sus necesidades». El procedimiento establece también que se podrá citar como testigos a personas que estén ligadas al solicitantes por parentesco o amistad, aunque en este caso tendrán que ser mayores de edad. El juez, para tomar su decisión, tendrá que valorar además si el menor puede «evaluar de forma razonable e independiente las consecuencias» del cambio de sexo.
Polémica
El cambio de sexo de los menores ha provocado un serio enfrentamiento entre los socios del Gobierno. De hecho, el PSOE presentó una enmienda que proponía que los menores de 16 contaran con una autorización judicial para cambiar de sexo en el registro, aunque finalmente fue rechazada. La ex vicepresidenta Carmen Calvo ha sido una de sus principales críticas y llegó a abstenerse en la votación de esta ley en el Congreso, el pasado 22 de diciembre, rompiendo así la disciplina de su grupo. Por este motivo, fue multada con la máxima sanción que prevé el reglamento interno del PSOE, de 600 euros.
La ley sale adelante con los informes en contra del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado. El máximo órgano de los jueces acordó proponer que se elevase a los 18 años el límite de edad para que una persona pudiese solicitar por sí misma la rectificación de la mención registral de sexo. Hasta entonces, se debería contar siempre con la aprobación judicial.
«Hoy damos un paso de gigante para que los niños, niñas y niñes trans encuentren comprensión», ha ensalzado la ministra de Igualdad, Irene Montero.
Aborto
El Congreso también ha aprobado este jueves la Ley del aborto, que permite interrumpir el embarazo a las menores de 16 y 17 años sin la necesidad de autorización paterna. Además, se introducen novedades como las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes.
La reforma, impulsada también por Irene Montero, mantiene que el aborto siga siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación y, excepcionalmente, hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. La ley impone además que todas las mujeres deben tener acceso al aborto en los centros públicos, para lo que se establecerá un registro de médicos objetores. Este punto ha sido especialmente criticado por el personal sanitario.
Por LUZ SELA.
MADRID, ESPAÑA.
JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023.
OKDIARIO.