La misma ministra que intervino en el anterior amparo para imponer aborto en Veracruz y que votó en contra, es la que tiene en sus manos la revisión de este recurso legal. Se trata de Norma Lucía Piña Hernández.
Un documento de la Corte, que obra en poder de ACN, detalla que el asunto versa sobre un “Amparo en revisión”, con el Tema: “Obligación del Congreso del Estado de Veracruz de legislar respecto al delito de aborto ATF/GAGG”; Órgano jurisdiccional de origen y datos del expediente respectivo: Juzgado Décimo Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz con residencia en Xalapa (Expediente de origen: J.A. 12 33/2017. Segundo Tribunal Colegiado en materia penal del Séptimo Circuito (Exp. Origen: A.R. 60/2019).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo este otro amparo para revisar si el Congreso del estado de Veracruz fue omiso al no legislar en materia de aborto.
Hace 21 días, ministros de la Primera Sala desecharon, por cuatro votos en contra, el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien al resolver el amparo 636/2019 planteó que el Congreso local debía despenalizar el aborto hasta las doce semanas de gestación.
Código Penal de Veracruz (Versión actualizada en la página del Congreso local)
Artículo 154 el aborto no es punible cuando:
I.- Es causado por impresión de la mujer embarazada;
II.- El embarazo sea resultado y una violación o de una inseminación artificial no consentida, siempre que se practique dentro de los noventa días de gestación.;
III.- De no provocarse, la mujer embarazada que den peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste la opinión de otro facultativo, siempre que ello fuere posible y la demora no aumente el riesgo; o
IV.- A juicio de dos médicos exista razón suficiente de que el producto parece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves y se practique con el consentimiento de la mujer embarazada.
En voz de la abogada Adriana Fuentes Manzo, además de este recurso promovido por organizaciones civiles encabezadas por justicia derechos humanos y género “Equifonía”, también presentó un amparo en revisión: 44/2020, donde argumenta que existe una omisión legislativa relativa; es decir, que el delito de aborto si está legalizado, existe, pero es deficiente en Veracruz”.