Juez del Vaticano y acusado. Los dos cuerpos del Papa, en el Juicio del siglo

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Después de nueve audiencias bloqueadas por trabas procesales, el 17 de marzo comenzó en el Vaticano lo que los medios internacionales denominan “el juicio del siglo”, celebrado contra el cardenal Giovanni Angelo Becciu y otros acusados, ​​principalmente por la desastrosa compra de un edificio en Sloane Avenue en Londres, por parte de la Secretaría de Estado.

 

En la audiencia anterior, celebrada el 1 de marzo, los jueces del tribunal vaticano presidido por Giuseppe Pignatone, en una disposición de 40 páginas rechazaron por infundadas todas las objeciones a la validez del proceso planteadas hasta ahora por los abogados defensores.

 

Esto no quita que siga siendo pésima la reputación del sistema judicial vigente en el Vaticano, de la que este juicio es una prueba reveladora. Los principales órganos de prensa internacionales, desde el «Frankfurter Allgemeine Zeitung» hasta el «Corriere della Sera» y «The Economist«, han coincidido en considerar que carece de los elementos constitutivos de un moderno Estado de Derecho.

 

En efecto, en el Vaticano y en particular durante este pontificado -que tanto se había anunciado al mundo como modernizador- no hay ningún “rule of law” [imperio de la ley] que valga para todos, porque por encima de cualquier norma codificada está el poder supremo del Papa, que en cualquier momento ordena y hace lo que quiere sin que nadie pueda juzgarlo, como dice el canon 1404 del Código de Derecho Canónico: “Prima sedes a nemine iudicatur” [La Primera Sede por nadie puede ser juzgada].

 

De hecho, es precisamente este poder supremo el que marca el proceso ahora en marcha, en el que el papa Francisco ha hecho y deshecho todo a su antojo.

 

Una prueba contundente de esta arbitrariedad fue la degradación pública de Becciu el 24 de septiembre de 2020 -privado incluso de los “derechos” del cardenalato- llevada a cabo por el papa Francisco sin aportar ninguna justificación, sin permitir al acusado defenderse y varios meses antes de que se celebrara su juicio.

 

Pero una prueba no menos importante está dada por los cuatro “rescripta” firmados por Francisco en la fase inicial de las investigaciones, los cuatro emitidos para derogar las leyes vigentes y los derechos de defensa.

 

Hasta ahora se conocían los puntos esenciales de estos cuatro “rescripta”, pero nunca habían sido publicados en su totalidad, y menos aún por la Santa Sede. Esto es lo que hace Settimo Cielo en esta otra página donde se pueden leer íntegramente en fotocopia:

> I quattro “rescripta” papali del processo contro Becciu e altri

El primer “rescriptum”, datado el 2 de julio de 2019, es ciertamente el más interesante, porque arroja luz – a su modo – sobre la génesis del proceso.

 

Según escribe el papa Francisco, quien planteó las primeras dudas sobre la “legitimidad” y la “legalidad” de una operación que estaba llevando a cabo la Secretaría de Estado – la referida al edificio de Londres – habría sido el director del Instituto para las Obras de Religión, el banco del Vaticano, al que la Secretaría de Estado había solicitado, pero sin obtenerla, una “financiación sustancial”.

 

El director del IOR, Gian Franco Mammì, era cercano a Jorge Mario Bergoglio desde que era arzobispo de Buenos Aires, y sus “informaciones confidenciales” sobre sospechas de corrupción habrían convencido al Papa para que el IOR realizara “investigaciones con el máximo rigor y la máxima confidencialidad”.

 

De ahí las tres disposiciones de este primer “rescriptum” pontificio:

 

– la autorización al IOR para que lleve a cabo sus investigaciones “como excepción a la obligación de informar a otras autoridades del Estado”;

– la orden al IOR de dar “aviso detallado de sus conclusiones a la oficina del Promotor de Justicia”;

– la disposición “que para las investigaciones que sean necesarias, la oficina del Promotor proceda según las formas del procedimiento sumario, hasta la conclusión de las mismas investigaciones. Con la facultad de adoptar directamente, en su caso, por derogación de las disposiciones vigentes, cualquier tipo de medida, también de naturaleza cautelar”.

 

El segundo «rescriptum» está datado el 5 de julio de 2019, apenas tres días después del primero, y autoriza tanto al IOR como a la oficina del Promotor de Justicia a adoptar herramientas tecnológicas de interceptación contra “los sujetos cuyas actividades de comunicación se consideren útiles para el desarrollo de las investigaciones”. Y ello “con la más absoluta reserva” y con “las modalidades más adecuadas para la obtención, utilización y conservación de las pruebas recogidas”.

 

El tercer «rescriptum» está datado el 9 de octubre de 2019, ocho días después de una incursión de los gendarmes vaticanos en las oficinas de la Secretaría de Estado y de la Autoridad de Información Financiera, y autoriza al Promotor de Justicia a utilizar “todos los documentos y materiales -en papel y electrónicos- incautados” durante la pesquisa, “sin que las autoridades correspondientes impongan ninguna restricción de secreto al respecto”.

 

(Hay que señalar de que debido a la incautación de documentos bajo custodia de la AIF, desafiando las estrictas limitaciones internacionales de secreto, la Santa Sede sufrió la expulsión temporal del Grupo Egmont, la red de “inteligencia” de 164 Estados de la que el Vaticano forma parte).

 

Por último, el cuarto “rescriptum”, datado el 13 de febrero de 2020, establece que continúan aplicándose a las investigaciones no sólo “todas las prerrogativas asignadas al cargo de Promotor de Justicia” tanto por el primero como por el segundo de los “rescripta”, sino también “otras que se consideren necesarias para el esclarecimiento de los hechos”.

 

De todo ello se obtiene una imagen del proceso en marcha en el Vaticano, del cual el papa Francisco es tanto director como guionista, actuando los Promotores de Justicia como su brazo operativo.

 

Pero hay más. Mientras que del primero de los cuatro «rescripta» papales -así como también de las declaraciones libres del Papa en la rueda de prensa del 26 de noviembre de 2019 en el vuelo de regreso de Japón- se podría deducir que todo habría comenzado en el verano de 2019, con las primeras sospechas e investigaciones que luego desembocaron en el juicio, las cosas no son así en absoluto.

 

De hecho, hay otro documento autorizado que ofrece una reconstrucción completamente diferente, y es la Nota informativa de 20 páginas del sustituto de la Secretaría de Estado, Edgar Peña Parra, presentada ante el tribunal vaticano con la autorización del Papa para hacerla pública, de la que informó ampliamente Settimo Cielo el 3 de enero.

 

Según lo que está escrito en esta Nota, la percepción en el Vaticano de que la operación de Londres era cualquier cosa menos clara se remonta al menos al otoño de 2018, y también los esfuerzos por contener las pérdidas. Esta vez con Francisco como protagonista.

 

Fue el propio Papa, de hecho, quien, antes y después de la Navidad de ese año hizo todo lo posible para acordar con el financista Gianluigi Torzi la recompra a un precio muy elevado -10 millones de euros- del último paquete decisivo de acciones de la propiedad londinense. Y esto a pesar de la convicción de Peña Parra -escrita en blanco sobre negro en su Nota- de que no fue un acuerdo pacífico, sino el epílogo de una extorsión, de una “estafa” perjudicial a la Secretaría de Estado.

 

Al ser interrogado en la fase de instrucción del juicio contra Becciu y otros acusados, también monseñor Alberto Perlasca, en ese entonces director de la oficina administrativa de la Secretaría de Estado, confirmó el involucramiento del Papa, pero fue duramente silenciado por el Promotor de Justicia Alessandro Diddi: “¡Monseñor, lo que usted dice no tiene nada que ver! Antes de hacer lo que estamos haciendo, acudimos al Santo Padre y le preguntamos qué pasó, y puedo dudar de todos menos del Santo Padre”.

 

Este pasaje del interrogatorio de Perlasca, hecho público por un abogado de la defensa en la vista del juicio del 17 de noviembre, llevó a Diddi a desmentirse a sí mismo, negando que hubiera interrogado al Papa.

 

Es un hecho que el resultado es surrealista. Con Francisco actuando tanto como director del juicio, con sus “rescripta” que han controlado su desarrollo despreciando los derechos de la defensa, y también como coprotagonista de la enrevesada trama que el juicio está llamado a juzgar, según la Nota de Peña Parra convalidada por el Papa mismo. Juez y acusado al mismo tiempo.

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El verano de 2019 ha sido especialmente prolífico en rasgaduras en la legislación vigente en el Vaticano, realizadas por el papa Francisco para guiar los procesos. Además de los cuatro «rescripta» mencionados, se puede mencionar al menos uno más.

 

Un comunicado del Vaticano del 17 de septiembre de ese año anunció que “el Santo Padre había emitido una orden especial el 29 de julio pasado eliminando la causa de improcedencia” que impedía “el envío a juicio del padre Gabriele Martinelli, acusado de abusos sexuales que presuntamente tuvieron lugar en el Preseminario San Pío X en los años anteriores a 2012, y del padre Enrico Radice, rector del Preseminario en el momento de los hechos, acusado de complicidad”.

 

En efecto, “la legislación vigente en ese momento impedía el juicio en ausencia de una denuncia del ofendido que debía presentarse en el plazo de un año desde los hechos denunciados”, que se remonta a varios años antes de la presentación de la denuncia el 18 de abril de 2018.

 

Pero Francisco eliminó el obstáculo y el juicio se celebró. Terminó el 14 de octubre de 2021 con la absolución de los acusados.

 

El Preseminario en el que se desarrollaron los hechos estaban en el interior de los muros vaticanos y fue cerrado en setiembre de 2021.

 

Por SANDRO MGISTER.

SETTIMO CIELO.

CIUDAD DEL VATICANO.

MARTES 22 DE MARZO DE 2022.

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