El pasado 18 de marzo el Congreso de los Diputados aprobaba definitivamente la ley de la eutanasia en España, que en un plazo de tres meses podrá ya aplicarse para acabar con pacientes enfermos. Pero si hubo una fuerte oposición por parte del colectivo médico antes de ser aprobada, también lo sigue habiendo después con el objetivo de que esta norma no llegue a entrar en vigor.
Para ello, importantes médicos han escrito al Tribunal Constitucional para pedir la paralización de la ley de la eutanasia, explicando los graves problemas legales, bioéticos, médicos y procedimentales de una ley aprobada en plena pandemia, sin diálogo y sin tener en cuenta a los expertos.
La misiva ha sido firmada por Salvador González Barón, catedrático emérito de Fisiología Humana de la Universidad de Málaga; Manuel González Barón, director honorario de la cátedra de Oncología y Medicina Paliativa y jefe (jubilado9 del servicio de Oncología Médica del Hospital La Paz; Manuel García del Río, profesor titular de Pediatría de la Universidad de Málaga; y Álvaro Gándara del Castillo, jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz de Madrid.
La carta puede ser firmada igualmente por otros profesionales y opositores a la eutanasia AQUÍ.
Estos médicos presentan a los magistrados una serie de argumentos que justifican la retirada de una ley que en primer lugar ha sido aprobada por las Cortes “recurriendo a un procedimiento parlamentario no adecuado”. El PSOE lo ha hecho como proposición de ley y no como proyecto de ley tal y como procedía por ser de gran trascendencia el asunto a legislar para “prescindir del informe del Consejo de Estado, como es preceptivo. Tampoco ha aceptado tener en consideración al Comité de Bioética de España, ni a las organizaciones profesionales de Medicina y Enfermería, Sociedades Profesionales y del Consejo General del Poder Judicial”.
En su escrito recuerdan que esta ley “nos afecta gravemente a todos, pues crea una situación de inseguridad jurídica sin precedentes para las personas más frágiles. Lo que la hace profundamente injusta. Las deja sin alternativas, puesto que los cuidados sociales o las ayudas a la dependencia no llegan a todos ni en tiempo ni en forma. No aborda la grave situación de pacientes vulnerables. En España, aproximadamente de 200.000 enfermos que necesitan Cuidados Paliativos, unos 80.000 fallecen al año sin poder acceder a estas Unidades. Para muchos la ley ofrece, o vivir con sufrimiento, o la muerte”.
Ateniéndose a las experiencias en otros países, estos médicos explican que “en muchos casos las personas más vulnerables se considerarán una carga. Es la consecuencia de tomar la calidad de vida cómo referencia fundamental para mantener la vida, con lo que se entenderá según la ley de Eutanasia que hay vidas sin valor”.
Por otro lado, la misiva recuerda al Alto Tribunal que en numerosos códigos jurídicos de los grandes países europeos no se contempla la eutanasia y que expertos mundiales como el profesor Daniel Callaghan, cofundador de la Bioética, llega a definirla como “la legitimación del asesinato mutuamente acordado”.
“La compasión ante el sufrimiento no puede nunca legitimar la eliminación de la persona que sufre. Ni la autonomía del paciente tiene carácter absoluto para decidir lo que puede hacer. De ello hay ejemplos múltiples en cualquier legislación. La ley no trata de aliviar el sufrimiento sino de terminar con la vida de las personas que sufren sin que se empleen tratamientos específicos como la sedación correcta y éticamente aplicada.”, insisten los médicos, la mayoría expertos en pacientes que afrontan la muerte.
Igualmente, la carta explica a los magistrados que conforman el Constitucional que “con la ley de eutanasia se ha creado un nuevo derecho subjetivo individual, matar, que se le niega a muchas personas, ya que no se puede ejercer más que en un contexto eutanásico”.
Pero además, los médicos destacan que “ese derecho a poner fin a la propia vida no existe, rompiendo todos los principios jurídicos universales y por supuesto es incompatible con lo que recoge la Constitución Española (artículo 15) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Vulnera por tanto varios artículos de la Constitución. Y además no respeta el principio de Proporcionalidad, ya que debería haber legislado previamente sobre la Ley de Cuidados Paliativos. Más aún, lo recoge como una prestación pública, tomando como ejecutor al médico. Si un facultativo se niega, se pone en la tesitura de denegar un derecho fundamental. Lo que coloca al médico en una situación de franca ilegalidad”.
Siguiendo con esta problemática, los facultativos señalan que “la obligación de la inscripción previa en un registro de objetores de conciencia, impuesta a los profesionales que se oponen a practicar la eutanasia y el suicidio médicamente asistido no es legal ni legítimo ya que plantea serias dudas por posibles repercusiones que podrían darse en la promoción profesional de los que se oponen a aplicarla. Más objetivo y justo sería que esa relación para las autoridades sanitarias, se realizara de aquellos profesionales sanitarios que están a favor de la eutanasia”.
En este sentido, “el actual Código de Deontología Médico, Capítulo VI, Art 36.3, es rotundo cuando afirma: ‘el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste’. Este pronunciamiento es coincidente y ratifica lo expresado en la reciente Declaración de la Asociación Médica Mundial (AMM) en su Asamblea anual en Tiflis, Georgia, celebrada el 27 de octubre de octubre de 2019, en la que reitera su máximo respeto por la vida humana, oponiéndose firmemente a la eutanasia y al suicidio con ayuda médica”.
Los firmantes tienen claro que la alternativa real a la eutanasia es «promulgar una ley nacional de Cuidados Paliativos para garantizar el acceso universal a estos cuidados como parte fundamental de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Pero en nuestro país no se ha querido apostar por promover los Cuidados Paliativos. Las cifras comparativas con los países de la Unión Europea lo ponen de manifiesto. Mientras en estos hay una cifra media de 2 Unidades de Paliativos por cien mil habitantes, en España es de 0.6”.
Por último, recuerdan en la carta dirigida al Constitucional que “sólo en 5 países del mundo con democracias avanzadas, y consolidadas, han despenalizado o legislado sobre la eutanasia. En el entorno europeo sólo Holanda, Bélgica y Luxemburgo. La mayoría de los países han rechazado esa despenalización (como Francia), tras un profundo y minucioso estudio (comisión Leonetti) en el que se destacó el deber del Estado de cuidar y atender a los pacientes más enfermos, ofreciéndoles toda la ayuda que precisen en su situación particular. Sólo para casos de sufrimiento extremo se aprobaba la sedación profunda”.
“En los países que han despenalizado la eutanasia, la falta de control -a pesar de pretender garantizarlo- ha llevado a verdaderas ‘eutanasias no solicitadas’, Resulta imposible valorar la adecuación si una de las partes ha fallecido. Y, por otra parte, se han ido relajando todas las cautelas legales contempladas, hasta el extremo de poder solicitar, en determinados casos, una ‘Eutanasia casi a la carta’”, concluye.
ReL.