Un abuso y una forma de clericalismo, imponer la Comunión en la mano.

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La cuestión de la comunión en la mano es una temática que llevo muy dentro de mi corazón y que he tratado ampliamente en mi libro «La distribución de la comunión en la mano», editado por Cantagalli con prefacio del Cardenal Robert Sarah. Por eso en estas líneas no afrontaré el tema en su totalidad, con todas sus problemáticas, sino que me limitaré a considerar si existen fundamentos tanto médico-científicos como jurídicos para imponer la comunión en la mano, como se está haciendo en muchos lugares.

Naturalmente, para lo que concierne el ámbito médico haré referencia a expertos en la materia, mientras que para el ámbito jurídico intentaré aportar mi contribución como canonista, basándome en aquello que dice realmente el derecho canónico, que como he podido aprender en mis estudios, es esencialmente la búsqueda de «aquello que es justo» de manera objetiva y es la garantía de que los derechos de los fieles sean salvaguardados. A menudo, en cambio, da la impresión de que el derecho, o un presunto tal, es utilizado como instrumento para imponer las propias ideas, pisoteando las normas reales y los derechos de los fieles, aprovechándose de la propia posición de poder.

Poco después de llegar a la actual situación sanitaria ligada al Covid-19, en muchos lugares la comunión en la boca fue negada, provocando serias dificultades de conciencia tanto a los fieles que desean recibir la Eucaristía de ese modo como a los sacerdotes que desean respetar el derecho de los mismos fieles a comulgar así.

La prohibición de la comunión en la boca se está justificando por el argumento de que tal modalidad ofrecería, de manera cierta e inequívoca, más riesgo de contagio del covid que la comunión en la mano. Como veremos, no existe ninguna evidencia objetiva sobre esto. Hay opiniones contradictorias, como ocurre respecto a todo lo relacionado con el covid, se escucha de todo y lo contrario de todo dentro de la misma comunidad científica, y no se entiende por qué deberían valer más las opiniones de unos médicos que las de otros, únicamente porque coinciden con el propio punto de vista. Es necesario valorar las cosas con la mayor objetividad posible.

Todos los médicos concuerdan en el hecho de que, según la literatura científica, el coronavirus se transmite a través de gotitas (droplets): en otras palabras, el virus debe literalmente «volar» para poder infectar, lo cual puede suceder con estornudos, accesos de tos y hablar levantando la voz. Además, algunos médicos, como el doctor Paolo Gulisiano, epidemiólogo en el hospital de Lecco, y el doctor Fabio Sansonna, cirujano en el hospital Niguarda de Milán, evidencian que la propia saliva, mientras no pasa del estado líquido, como normalmente está en la boca, al estado de gotitas, resulta inocua. Y sobre todo, la misma saliva contiene lisozima, que es un desinfectante natural que actúa contra los virus y las bacterias.

El profesor Filippo Boscia, presidente nacional de los médicos católicos, sostiene que son justamente las manos, que lo tocan todo, la parte de cuerpo más expuesta a los virus y que, por lo tanto, es precisamente la Comunión en la mano la más peligrosa. Frente a tales consideraciones, se objetará que si se utiliza un gel desinfectante y se omite el saludo de la paz el problema no existe. En realidad, aún después de desinfectar las manos al entrar en la iglesia, éstas tocan inevitablemente los bancos y otros objetos. Pero, sobretodo, en muchas iglesias, pese a que las actuales normativas señalan que las limosnas deben dejarse antes o al término de la celebración dentro de un recipiente apropiado (aquí sí que se puede transgredir tranquilamente la norma), desde hace tiempo se han comenzado a recoger las limosnas durante el ofertorio, aunque utilizando un objeto adecuado para mantener la distancia social. Pero persiste el hecho de que los fieles, después haber tocado el dinero, sean billetes o monedas (y se sabe que, desde el punto de vista higiénico, son de las cosas más sucias), reciben la Eucaristía en la mano y se la llevan a la boca. Aún más, muchos sacerdotes advierten que al distribuir la Comunión en la mano entran en contacto con mucha facilidad con la mano del fiel, aunque intenten evitarlo, mientras que con la Comunión en la boca raramente se toca la lengua o los labios del fiel, y, si esto sucediese, basta con desinfectar los dedos. Por lo tanto, es precisamente la Comunión en la mano la modalidad menos segura desde el punto de vista médico.

El pasado mes de junio, un grupo de 21 médicos austríacos, remitiéndose a las consideraciones del doctor Boscia, pidió a su conferencia episcopal que removiese la prohibición de la Comunión en la boca y la conferencia ha eliminado esta prohibición. En septiembre pasado, otros 27 médicos alemanes hicieron la misma petición a su conferencia episcopal.

Aclarado entonces que no hay ninguna seria y objetiva razón sanitaria para imponer la Comunión en la mano, analicemos ahora la cuestión desde el punto de vista jurídico, tratando de ver si las diversas medidas adoptadas para evitar la Comunión en la lengua son lícitas y válidas.

Antes de nada, se argumenta que la Comunión en la mano sería una exigencia taxativa del Estado para garantizar la salud pública, cuya inobservancia traería incluso consecuencias penales. A tal propósito, ante quien sostenga que el Estado puede determinar concretamente un rito litúrgico, señalo que el Card. Sarah, cuando era prefecto del Culto Divino, el 12 de septiembre pasado, hizo pública una carta oficial fechada el 25 de agosto de 2020 y aprobada de forma específica por el Santo Padre, en referencia a la actual situación sanitaria, en la que se recuerda que «las normas litúrgicas no son materia sobre la cual pueden legislar las autoridades civiles, sino solamente la competente autoridad eclesiástica», haciendo referencia directa a la Sacrosanctum Concilium 22 y al can. 838 de Código de Derecho Canónico, (valga como respuesta a quienes distribuyen con tanta ligereza etiquetas de desobediencia al Papa y al Concilio Vaticano II sin ningún fundamento).

Pueden darse indicaciones acerca del distanciamiento y del uso de la mascarilla, pero no determinar cómo se debe desarrollar un rito litúrgico. En todo caso, quedándonos con el último documento emanado del Ministerio del Interior, elaborado sobre la base del famoso CTS, se habla sólo de la «recomendación» de evitar la Comunión en la boca. Por lo tanto no hay absolutamente ninguna obligación, ni mucho menos alguna consecuencia penal por no seguir esa recomendación.

Además, es muy interesante observar que en los protocolos firmados por el Estado italiano con las comunidades ortodoxas, protestantes, evangélicas y anglicanas, en el momento de la Comunión se pide únicamente que no se produzca contacto con los fieles, sin entrar en absoluto en el detalle de cómo se debe desarrollar este rito. Y es bien conocido que las comunidades ortodoxas distribuyen siempre la Comunión bajo las dos especies, utilizando una cuchara dorada que se acerca a la boca de cada fiel. También algunas comunidades luteranas reciben la Comunión en la boca y de rodillas. Entonces el Estado no ha pretendido que en estas comunidades la Comunión se realice sólo y exclusivamente en la mano; dado que están desarrollando el rito de la Comunión como siempre lo han hecho. La recomendación de evitar la Comunión en la boca dirigida a la CEI (Conferencia Episcopal Italiana) se produjo únicamente después de una solicitud planteada por la misma CEI; en el primer protocolo se habla sólo de no entrar en contacto con las manos de los fieles, sin excluir la Comunión en la boca. Por lo tanto, es falso afirmar que el Estado o la CEI imponen de manera taxativa la Comunión en la mano.

Pero muchos sostienen que las conferencias episcopales regionales y/o el obispo diocesano pueden prohibir la Comunión en la boca. ¿Es realmente así? Ante todo, podemos advertir que estas «medidas» son, a lo sumo, simples comunicados o cartas, y presentan por lo tanto lagunas desde el punto de vista formal y jurídico, por lo que no pueden de algún modo abrogar o suspender la norma universal de la Comunión en la boca. Porque éste es propiamente el punto fundamental: la Comunión en la lengua es la norma universal que regula la distribución de la Eucaristía, confirmada de manera solemne por la Santa Sede con la Instrucción Memoriale Domini del 29 de mayo de 1969. Así pues, es el legislador supremo, la Sede Apostólica, el que confirmó la norma general de la Comunión en la boca. La misma Instrucción prevé también la posibilidad de pedir el indulto de la Comunión en la mano, esto desde el punto de vista jurídico es una excepción a la ley, y por lo tanto no puede, por su propia naturaleza, convertirse en norma general. Por este motivo, un obispo en la propia diócesis puede promulgar tranquilamente un decreto mediante el cual prohíba la Comunión en la mano (como hizo el obispo de Oruro en Colombia en el 2016), pero no puede hacer lo contrario, es decir, prohibir la Comunión en la boca.

Se argumenta, sin embargo, que en caso de emergencia sanitaria, no vale todo lo anteriormente dicho. En realidad no hay ningún fundamento jurídico para tal afirmación. Por lo demás, hemos demostrado que no existen evidencias científicas objetivas para afirmar que la Comunión en la mano es más segura desde el punto de vita higiénico respecto a la Comunión en la boca. Pero admitido que se demostrase este extremo, sólo el legislador supremo, o sea, la Santa Sede, podría cambiar la norma general de la Comunión en la boca (y hasta el momento no lo ha hecho). Ninguna autoridad inferior puede modificar esta norma, por tanto ninguna conferencia episcopal nacional, regional, o un obispo puede modificar la norma general de la Comunión en la boca.

El mismo canon 838 del Código de Derecho Canónico es extremadamente importante en tal sentido, porque recuerda precisamente que regular la sagrada liturgia corresponde a la Sede Apostólica, subrayando que el obispo diocesano puede legislar en materia litúrgica dentro de los límites de su competencia. Las mismas conferencias episcopales tienen límites bien determinados, como establece el canon 455. Por eso, si un obispo o una conferencia episcopal prohíben la Comunión en la boca, aunque en lugar de comunicados o cartas hubiesen utilizado decretos (más correctos desde el punto de vista formal), van más allá de los límites de su competencia y cometen un verdadero y propio abuso de poder. Estas medidas, por tanto, son inválidas y no tienen ninguna fuerza obligatoria ni para los sacerdotes ni para el resto de los fieles. Se dirá que para otras cuestiones, como la abolición del intercambio de la paz (recientemente modificado), no se han puesto objeciones, pero esta actuación entra en el propio ámbito de competencia, es más, el mismo celebrante tiene siempre la facultad de omitirlo al no ser obligatorio. Es verdaderamente paradójico que algunos pastores pretendan la obediencia a ciertas «normas» establecidas de modo arbitrario, cuando ellos mismos son los primeros desobedientes a las auténticas normas de la Iglesia.

El actual Ordenamiento General del Misal Romano y la Instrucción Redemptionis Sacramentum de 25 de marzo de 2004 confirman de manera clara e inequívoca que el fiel tiene siempre y en todos los casos el derecho de recibir la Comunión en la boca, también allí donde se permite la Comunión en la mano. Es más, la misma instrucción, en el nº 91, recuerda que no es lícito negar la Santa Comunión por razón del modo que uno elige para comulgar, citando el canon 843 §1, que establece que «los ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a aquellos que los piden tempestivamente». Ahora bien, ¿cómo se puede negar la Comunión simplemente porque un fiel pide recibirla de un modo establecido por la Iglesia?

El fiel que no quiere recibir la Comunión en la mano no lo hace porque es terco, rígido y formalista, sino porque esta modalidad tiene muchas objeciones, la primera de todas, la inevitable dispersión de fragmentos eucarísticos. La rigidez más bien se la encuentra en quien quiere imponer por la fuerza la Comunión en la mano. En el fondo, se dice: «¿Quieres la Comunión? ¡O la recibes en la mano o nada!» Enhorabuena, y después nos llenamos la boca de «caridad y sensibilidad pastoral», de cercanía a los fieles, de ser misericordiosos y comprensivos.

En realidad, esta imposición no es ni más ni menos que una forma de clericalismo, nunca tan combatido como en este tiempo, aunque sólo de palabra.

Diversos sacerdotes, aun estando en contra de la Comunión en la mano, no la niegan, y en la situación actual, para resolver las dificultades de algunos fieles desorientados por tantas informaciones contradictorias, hacen comulgar primero a quienes quieren la Comunión en la mano y después, al final, a aquellos que la reciben en la boca. Por lo tanto, es suficiente un poco de buen sentido. Me parece que estos sacerdotes demuestran una apertura y una flexibilidad mucho mayor que ciertos nuevos fariseos y legalistas. Y en cambio ¿qué es lo que ocurre? El que respeta la libertad de elección de los fieles, con el debido cuidado, es acusado de desobediencia y, sin ningún fundamento científico, de ser un irresponsable, un untore (aquel que infecta a los demás), de ser causa de propagación del virus, de no preocuparse de la salud de la gente. ¡Somos unos genios en darle la vuelta a la realidad!

Sobre todo, parece que la situación actual se ha aprovechado la oportunidad para dar un golpe de gracia a la Comunión en la boca, detestada por muchos debido a razones ideológicas. Prueba de ello es que, por si fuera poco, algún obispo se ha referido a la comunión en la lengua como un abuso litúrgico, cuando en realidad es justamente la Comunión en la mano la que se impuso como un abuso que después ha sido sucesivamente legislado. Son numerosos los fieles que, aun antes del inicio de la pandemia, se convirtieron en objeto de burla y risas, y fueron gravemente ofendidos por los propios pastores, solamente porque deseaban recibir la Comunión en la boca y de rodillas, demostrando estos últimos, también en este caso, una proverbial caridad y sensibilidad pastoral. Se les intimidaba con extrema severidad para que se levantasen o por el contrario no recibirían la Eucaristía: esto sí que es un abuso, como recuerda Redemptionis Sacramentu n.91. Pero frente a este género de casos, no se ha adoptado ninguna medida; es más, ha habido un tácito asentimiento.

Me parece que muchos fieles hoy demuestran tener más fe en la Presencia Real de Nuestro Señor y más respeto a la Eucaristía que muchos pastores, que en lugar de lanzar cruzadas contra la Comunión en la boca tal vez deberían tomar ejemplo de la fe de los pequeños y simples pastorcitos de Fátima, que rezaban así con la oración que les enseñó el ángel:

«Dios mío, yo creo, adoro, espero y Te amo. Te pido perdón por aquellos que no creen, no adoran, no esperan y no Te aman. Santísima Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo, yo Te adoro profundamente y te ofrezco el preciosísimo Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad de nuestro Señor Jesucristo, presente en todos los tabernáculos del mundo, en reparación de los ultrajes, sacrilegios e indiferencias con los cuales Él mismo es ofendido. Y por lo méritos infinitos de Su Corazón Sacratísimo y del Corazón Inmaculado de María, Te pido la conversión de los pobres pecadores».

 

Don Dr. Federico Bortoli.
Canciller de la diócesis de San Marino-Montefeltro.

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