La libertad religiosa o de culto.

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México asciende a 127,3 millones de habitantes (según cifras a mediados de 2019). El censo de 2010 indicó que cerca del 83% de la población se define como católica; el 5%, como protestante evangélica; el 1,6%, como pentecostal; el 1,4%, como testigos de Jehová; y el 0,5%, como judía. Otros grupos religiosos son la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (Iglesia de Jesucristo) y los musulmanes. Más del 2% de la población señala que practica una religión no especifica de otra forma, y casi el 5% manifiesta que no profesa ninguna religión. Algunas personas indígenas siguen una religión sincrética basada en creencias indígenas. (Reporte Internacional sobre la libertad de culto).

Actualmente la Constitución mexicana reconoce y protege el respeto absoluto a la libertad religiosa, en sus artículos 1o., 24 y 130. Sobre este tema, nuestra Constitución señala que toda persona tiene derecho a la libertad de religión, en forma individual o asociada, y no debe de existir ningún tipo de persecución para quien profese alguna religión, o para quien no tenga participación o simpatía con alguna creencia religiosa. El Estado mexicano ha firmado tratados internacionales en los que se compromete a respetar las creencias de todos los ciudadanos, inclusos de aquellos que han decidido no practicar en alguna.

El derecho a la libertad religiosa o de culto está fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal derecho debe ser establecido en el ordenamiento jurídico de una sociedad, de tal manera que llega a convertirse en un derecho humano fundamental.

Considerado el ser humano como individuo, es una unidad indivisible, dotada de alma espiritual y un cuerpo, cuya mente funciona de manera racional: tiene conciencia de sí mismo, capacidad para reflexionar sobre su propia existencia, sobre su pasado, su presente, y sobre aquello que proyecta en su futuro, así como para discernir entre aquello que en una escala de valores se le presenta como lo bueno y lo malo, lo correcto y lo incorrecto, o lo justo y lo injusto.

El odio religioso que ha existido y sus consecuencias no solamente han violado derechos religiosos, sino que han sido la causa de gravísimos ataques contra otros derechos fundamentales, inclusive el derecho a la vida. Como ejemplo de esto, podemos ver en las cruzadas que se realizaron en la Edad Media, o en el momento histórico de la inquisición, cuando se perseguía a quienes se consideraba herejes.

La libertad de culto es un derecho humano fundamental que protege la conciencia de todas las personas porque permite pensar, expresar y actuar en base a nuestras creencias profundas. Lamentablemente este derecho se está erosionando ya que se han presentado casos cuando algunos ciudadanos van en busca de trabajo y en el momento de la entrevista se le pregunta sobre su credo entre otras cosas y si eres de tal o cual religión se abren o se cierran las puertas en el momento de la contratación.

Se daña la dignidad de la persona humana como el reconocimiento de un valor moral inherente al individuo, esto trae como consecuencia que se afecte en su derecho que tiene y enfrente crecientes restricciones al participar en diferentes ámbitos. Según el profesor G. Peces-Barba, la dignidad humana es en efecto el “(…) fundamento de la ética pública de la modernidad, como los valores políticos y jurídicos y de los principios que derivan de esos valores”, de modo que la razón de ser de los derechos fundamentales consistiría precisamente en la defensa y el desarrollo de esta noción.

Por otro lado, la idea de dignidad humana sería el reflejo de un progreso moral que consistiría en reconocer en la persona un valor inherente en torno del cual se estructurarían las organizaciones sociales y políticas.

Ante esta situación ¿Qué podemos hacer?

  • • Aprender acerca de la libertad de culto: qué es, cómo funciona y los asuntos que la amenazan.
  • Practicar la libertad de culto: respeten las creencias religiosas de otros y las creencias y opiniones de los que no tienen ninguna religión. Actuar de buena manera en sus conversaciones e interacciones, ya sea en persona o en internet.
  • Unirse a otras personas para promover la libertad de culto: tomar parte en la comunidad en los aspectos que les acomoden. Usar el internet y los medios sociales para ayudar a otras personas a aprender acerca de la libertad de culto.
    Bajo esta tesitura según la Reforma al artículo 24º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se proclamó “La Declaración sobre la Eliminación de toda la forma de Intolerancia y Discriminación fundadas en la religión o las convicciones, es claro que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, lo cual es expresado por dicho organismo a través de la declaración Universal de los Derechos Humanos.

(Asamblea General de las Naciones Unidas)

Hay que entrar por “La puerta de la fe”, a raves de está, supone emprender un camino que ilumina de manera cada vez más clara la alegría y el entusiasmo por vivir, no podemos dejar que la sal se vuelva sosa y la luz se opaque dejándonos llevar por el pesimismo y la indiferencia. Es el amor el que llena los corazones y nos impulsa a seguir adelante. ¡Profesemos muestra fe!

Por Ruan Ángel Badillo Lagos

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