Todos los días 2 de agosto, por intercesión de San Francisco de Asís ante la Santísima Virgen María, Nuestra Señora de los Ángeles; Ella, la Madre de Dios obtuvo de Cristo el “Perdón de Asís”, es decir una indulgencia plenaria (el perdón de nuestro purgatorio hasta donde va en ese momento) para quien arrepentido de sus pecados pide sincero perdón a Dios, recibiendo la confesión y la Santa Comunión.
Valoremos esta gracia que se nos ofrece para estar totalmente en paz con Dios.
Cada año con motivo de este día se abre una enorme puerta de la misericordia de Dios.
Podemos ganar la indulgencia en favor propio o en favor de uno o más de nuestros seres queridos difuntos, con lo cual, si ellos ya se salvaron y están en el purgatorio, se abre para ellos directamente la puerta al cielo.
¡ ¡ ¡APROVECHEMOS LA MISERICORDIA DE DIOS ! ! !
Cómo ganar la Indulgencia Plenaria del 2 de Agosto
(DÍA DE NTRA. SRA. DE LOS ÁNGELES)
–Indulgencia de la capilla llamada de la “porciúncula” (“pequeña porción”),
en Asís, donde San Francisco obtuvo la gracia de la Indulgencia plenaria
en favor de toda la Iglesia en 1216–
NOCIONES DOCTRINALES SOBRE LAS INDULGENCIAS:
Todo pecado mortal conlleva una pena eterna (el infierno); asimismo, todo pecado mortal ya perdonado por la confesión y todo pecado venial (sin ser necesario confesar los veniales, que se pueden perdonar por la devota recepción de los sacramentales, rezar el padrenuestro, agua bendita, golpe de pecho, etc.) del que pedimos humildemente perdón a Dios, ya han sido perdonados en su culpa, pero sin embargo nos acarrean también una pena temporal, la cual debemos pagar purificándonos de ella; esto puede ser en esta tierra aceptando las penalidades de la vida y haciendo penitencia, o ganando devotamente una indulgencia; si el ser humano no se purifica de la pena temporal de sus pecados en esta tierra, tiene que ir al Purgatorio en la otra vida para purificarse antes de entrar al Cielo, el cual alcanzó por haberse arrepentido de sus pecados mortales, mismos que confesó recibiendo la absolución del sacerdote.
El Catecismo de la Iglesia Católica n. 1471 dice:
«La indulgenciaes la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos» (Pablo VI, Const. ap. Indulgentiarum doctrina, normas 1).
«La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente» (Indulgentiarum doctrina, normas 2). «Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias» (CIC can 994).
El Catecismo de la Iglesia Católica expone la doctrina de las indulgencias en los nn. 1471-1479.
Y en el correspondiente resumen dice, en el n. 1498: “Mediante las indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las almas del Purgatorio la remisión de las penas temporales, consecuencia de los pecados.
PARA GANAR LA INDULGENCIA PLENARIA DEL DÍA 2 DE AGOSTO SE REQUIERE, CADA VEZ:
1. Tener intención de ganar la indulgencia cada vez, sea para sí mismo o para cada difunto; en el caso de esta indulgencia del 2 de agosto sí se pueden ganar varias indulgencias plenarias en el mismo día, entrando y saliendo del Templo para ganar cada vez una indulgencia distinta.
2. Tener el propósito espiritual de desapegarse de toda clase de pecado (mortal, venial deliberado, o venial semideliberado, etc.), es decir, detestar el pecado en todas sus formas.
3. Ser bautizado y estar en estado de gracia (= a haberse confesado o no tener pecado mortal) al momento de hacer la visita al Templo. La Confesión sacramental que se pide como requisito para ganar la indulgencia, si se hace después de la Visita al Templo es porque se supone que sólo se tienen pecados veniales (de los cuales se puede manifestar dolor humildemente a Dios en nuestro interior antes de visitar el Templo).
4. Confesión sacramental y Comunión sacramental.- si se está en pecado mortal es necesario confesarse antes de hacer la visita al Templo, si sólo se tienen pecados veniales se puede hacer en los 8 días anteriores o posteriores al 2 de agosto, aunque cuando es posible es muy conveniente recibir los dos sacramentos el mismo 2 de agosto o un día antes, al menos la santa Comunión.
5. La misma confesión y Comunión eucarística son válidas para todas las indulgencias que se deseen ganar el 2 de agosto.
6. Rezar puede ser en voz baja pero debe ser vocal o recitar las oraciones.
7. Visitar piadosamente cualquier Parroquia, lo cual puede ser desde el día 1 de agosto al mediodía y durante todo el día 2 de agosto. Cada vez que se desee ganar otra indulgencia se debe salir del Templo y entrar nuevamente. Todo puede hacerse en un mismo Templo.
8. Estando en el Templo Parroquial: recitar un padrenuestro y el Credo (recomendable llevar un impreso del Credo), hacer oración por las intenciones del Papa (puede ser recitando otro padrenuestro y un avemaría, o bien, recitando otra oración aprobada a la que se le tenga devoción).
Nota: las intenciones de los Papas son principalmente: la propagación de la fe; el retorno de los herejes, apóstatas y cismáticos a la verdadera fe; la paz de la Iglesia y de las Naciones; la conversión de los pecadores y la perseverancia de los justos.
También puede hacerse en el Templo, en espíritu de oración mental, el detestar todo lo que sea pecado o el desapego de todo pecado.
9. Recomendable iniciar por ganar la indulgencia plenaria para sí mismo, esto a causa de que sólo uno mismo la puede ganar para sí mismo, mientras que para los difuntos la indulgencia puede ser ganada por quien sea que se lo proponga.

