La «excomunión» de la FSSPX es una pifia juríridica canónica del Vaticano y no afecta a los fieles que asistan a sus Misas: especialista

ACN

El reverendo Gerald Murray, un especialista en derecho canónico, calificó la excomunión de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X de «un desastre canónico» en una entrevista con Raymond Arroyo.

Dos mecanismos canónicos

El reverendo Murray distingue entre las sanciones automáticas (latae sententiae) y las sanciones impuestas (ferendae sententiae), que requieren un proceso judicial o administrativo.

El cardenal Víctor «Tucho» Fernández no impuso la excomunión, sino que declaró que ya se había incurrido en una pena automática, ya que la consagración de obispos sin mandato papal conlleva la excomunión según el derecho canónico.

El decreto excomulga únicamente a seis obispos

La crítica principal del reverendo Murray:

El decreto solo nombra a seis obispos,
mientras que la «Nota» explicativa
se refiere a sacerdotes y laicos.
Sin embargo,
una «Nota»
no puede ampliar legalmente
el alcance de un decreto.

La nota califica a los sacerdotes de «cismaáticos», pero el propio decreto nunca los declara excomulgados.

Dado que un decreto penal
debe especificar quién cometió
qué delito
y cuándo,
y esto se omitió el documento del Vaticano,
se concluye que los sacerdotes de la FSSPX
no han sido excomulgados legalmente.

Teóricamente, podrían haber incurrido en una pena automática, pero esto no se ha establecido jurídicamente.

La asistencia de laicos a la misa no es suficiente para la excomunión

La nota explicativa advierte contra la «adhesión formal» al cisma, pero el Derecho canónico exige un acto externo identificable, no meramente una actitud interior.

El mero hecho
de asistir a las misas de la FSSPX,
no constituye una adhesión formal,
y el decreto nunca define
qué conducta incurriría realmente en la pena.

La nota explicativa no puede prevalecer sobre la legislación vigente

Murray sostiene que una nota no puede crear nuevas sanciones ni revocar la legislación papal vigente.

El Papa Francisco concedió a los sacerdotes de la FSSPX facultades para oír confesiones y oficiar matrimonios. Solo el Papa (o una autoridad equivalente) puede revocar dichas facultades. Por lo tanto, la nota no puede invalidar las confesiones ni los matrimonios de la FSSPX.

Ambigüedad sobre la «plena comunión»

Por último, Murray señala que los documentos dan por sentado que muchos laicos ya carecen de plena comunión; sin embargo, a falta de herejía, cisma o una pena canónica declarada, la pérdida de la comunión no puede simplemente presumirse.

Concluye que los documentos confunden el lenguaje eclesiológico con la situación jurídica real.

DOMINGO 5 DE JULIO DE 2026.ESNEWS.

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