Tribunal europeo exige que los gobiernos reconozcan «matrimonios» homosexuales celebrados en cualquier estado

ACN

Varios dirigentes católicos ven esta sentencia como un paso más hacia una uniformidad normativa que se aleja de la antropología cristiana que dio forma a Europa.

Hoy, martes 25 de noviembre de 2025, en Luxemburgo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una sentencia que exige a todos los Estados miembros reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otro país de la UE.

Esta decisión, publicada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un comunicado oficial emitido al mediodía de hoy, afecta directamente al ejercicio de la libertad de circulación dentro de la Unión y obliga a los Estados a reconocer el estado civil a las uniones que actualmente no reconocen en su legislación nacional.

Reanuda un profundo debate sobre la soberanía nacional, la identidad cultural europea y la concepción cristiana del matrimonio.

El Tribunal afirma que un Estado miembro tiene la obligación de reconocer el matrimonio entre dos ciudadanos de la Unión del mismo sexo, legalmente contraído en otro Estado miembro, donde hayan ejercido su libertad de circulación y residencia. 

El caso que motivó esta sentencia se refiere a dos ciudadanos polacos casados ​​en Alemania, cuyo matrimonio Polonia se negó a inscribir en el registro civil, de conformidad con su legislación nacional.

Para el Tribunal, esta denegación es contraria al Derecho de la Unión, ya que vulnera la libertad de circulación y el derecho al respeto de la vida privada y familiar. 

Según la decisión, los Estados miembros están obligados, por tanto, a reconocer, a efectos del ejercicio de los derechos que les confiere el Derecho de la Unión, el estado civil legalmente adquirido en otro Estado miembro . Los jueces precisan, sin embargo, que esta obligación no implica la introducción del matrimonio entre personas del mismo sexo en el Derecho nacional .

Los Estados conservan pues la posibilidad de definir libremente su derecho de familia, pero deben conceder los efectos civiles vinculados a un matrimonio celebrado en otro lugar cuando su procedimiento de reconocimiento se basa en una única modalidad, como la transcripción .

Esta distinción, sin embargo, parece frágil.

El Tribunal reitera que las normas matrimoniales normalmente son competencia de los Estados miembros, añadiendo que estos deben ejercer esta competencia «de conformidad con el Derecho de la UE «.

Precisamente este punto plantea interrogantes a muchos observadores católicos:

Cuando el Derecho europeo
exige
el reconocimiento
de un estado civil extranjero,
¿qué espacio real queda
para la soberanía de las naciones?

En la tradición cristiana,
el matrimonio
no es una
mera construcción administrativa,
sino una realidad inscrita
en el orden natural:
la unión de un hombre y una mujer,
abierta a la vida.

La Iglesia siempre ha enseñado que esta institución fundacional sustenta el equilibrio cultural, moral y espiritual de las sociedades.

En este sentido, varios líderes católicos consideran esta sentencia como un paso más hacia la uniformidad normativa, que se aleja de la antropología cristiana que moldeó Europa

El Tribunal justifica su decisión destacando las dificultades que enfrentan las parejas del mismo sexo no reconocidas en su país de origen, lo que podría obligarlas a vivir como solteras y generar diversas desventajas administrativas, profesionales y privadas . Sin embargo, este razonamiento crea una paradoja: un Estado puede negarse a institucionalizar un tipo de matrimonio en su territorio, pero seguir estando obligado a otorgarle efectos civiles cuando se ha contraído en otro lugar.

El Tribunal afirma que la obligación de reconocimiento no viola la identidad nacional, argumentando que no obliga al Estado a modificar su legislación interna. Para muchos juristas cercanos a círculos cristianos, esta afirmación sigue siendo teórica. De hecho, la identidad cultural de un país se manifiesta precisamente en su definición de familia y matrimonio.

Este debate, ahora reavivado, pone de relieve una cuestión crucial para el futuro de Europa: ¿cómo conciliar la libertad de circulación, elemento central del proyecto europeo, con el respeto genuino a la familia y la soberanía cultural de las naciones? ¿Y cómo preservar el concepto cristiano del matrimonio en un marco legal que tiende a homogeneizar concepciones antropológicas divergentes?

Por QUENTIN FINELLI.

MARTES 25 DE NOVIEMBRE DE 2025.

TCH.

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